Agregar abogado a un proceso de familia

12 Jul 2013 13:23 #1 por CarlosMagno
Agregar abogado a un proceso de familia Publicado por CarlosMagno
buenas tardes a todos quisiera que me sacaran de una duda en un proceso de familia es posible designar a un abogado para que actué conjuntamente con el ya establecida sin necesidad de hacer otro poder especifico con firma autenticada , es decir podría hacerse por medio de un escrito presentado por el procurador ya establecido o puede proponerse en audiencia preliminar?

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12 Jul 2013 13:33 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Agregar abogado a un proceso de familia
CarlosMagno

De acuerdo a lo establecido en el art. 11 de la LPF, si es posible y factible y de hecho en la practica se hace mucha veces que en audiencia se nombra representante procesal, se expresa que este nuevo representante procesal puede actuar conjunta o separadamente con otro ya nombrado; y tambien se puede de igual forma sustituir.

En cuanto al escrito presentado por un procurador, suceden dos cosas: Estos procuradores o defensores de familia puede actuar en cualquier proceso en sustituciòn de otro procurador, simplemente porque tienen una credencial por medio de la cual la Procuradora General de la Repùblica, los delega para actual en los diferentes procesos y/o diligencias de familia. Claro siempre y cuando el proceso se haya iniciado por un agente auxiliar de la PGR; y no es necesario un escrito basta con la incorporaciòn de la credencial que les ha sido extendida.


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El siguiente usuario dijo gracias: CarlosMagno, RafaAlfaro

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12 Jul 2013 13:51 #3 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema Agregar abogado a un proceso de familia
muchas gracias por la respuesta solo por aclaración puede nombre a otro abogado antes de la audiencia por medio de escrito ya que este no es procurador necesariamente se tiene que esperar a audiencia y si es asi tiene que estar presente el nuevo abogado en la misma o solo basta que el que ya esta establecido lo nombre como tal

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12 Jul 2013 15:20 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Agregar abogado a un proceso de familia

CarlosMagno escribió: muchas gracias por la respuesta solo por aclaración puede nombre a otro abogado antes de la audiencia por medio de escrito ya que este no es procurador necesariamente se tiene que esperar a audiencia y si es asi tiene que estar presente el nuevo abogado en la misma o solo basta que el que ya esta establecido lo nombre como tal


Si se puede nombrar otro Abogado, en sustituciòn del ya asignado por medio de escrito, anexando el nuevo poder; y en cuyo poder se debe establecer si el nombramiento se hace en sustituciòn del primer abogado o si este puede actuar conjunta o separadamente con el ya nombrado.

Es màs fàcil esperarse a la audiencia, porque se evita:
1.- Elaborar el poder
2.- Que el poder sea firmado por el cliente
3.- Presentar el poder junto con un escrito
4.- Esperar que se resuelva el escrito, teniendose por parte al otro abogado

Entonces en audiencia solo se hace el nombramiento y se especifica donde se puede citar al nuevo apoderado, y que se aclare si es sustituciòn o si este actuara conjunta o separadamente con el ya nombrado.

Por eso la sugerencia de hacerlo hasta en la audiencia.

Solo que debe considerar que existen dos situaciones: que quien hace el nombramiento del nuevo Abogado, es el cliente. Porque si es el Abogado, ya nombrado el que quiere "SUSTITUIR SU MANDATO" en otro abogado, entonces este debe hacerse en Acta de Sustituciòn; y esto solo si el apoderado esta facultado expresamente para sustituir su mandato.

Son dos cosas diferentes: Una sustituciòn por el cliente, que la hace el mismo cliente (en audiencia, o con la firma de otro poder) y la sustituciòn por el Abogado, que la hace el Abogado facultado para sustituir su mandato.


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El siguiente usuario dijo gracias: CarlosMagno

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