Duda acerca del comodato

30 Jul 2013 10:42 #1 por Malena
Duda acerca del comodato Publicado por Malena
Buenos Días Compañeros tengo una duda, el Comodato se debe asentar en el registro? Gracias por su ayuda

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30 Jul 2013 11:11 #2 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema Duda acerca del comodato

Malena escribió: Buenos Días Compañeros tengo una duda, el Comodato se debe asentar en el registro? Gracias por su ayuda


Primero lo que se hace en el registro es "inscribir" :) No asentar.

Y algunos registradores dicen que no es necesario, pero por seguridad jurìdica los Comodatos, si deben inscribirse en el registro respectivo.

:)

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
El siguiente usuario dijo gracias: Lic. Ramírez

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30 Jul 2013 14:58 #3 por Jorge Aguilar
Respuesta de Jorge Aguilar sobre el tema Duda acerca del comodato
BUENAS TARDES
COLEGAS QUEIRO APORATAR ALGO A ESTA INTERROGANTE DEL COLEGA RESULTA QUE EL ARTICULO 61 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE REESTRUCTURACION DEL R. P. R. E H.
NOS DIECE:
Títulos inscribibles en el Registro

Art. 61.- En el Registro de que trata este capítulo se inscribirán:


a) Los títulos o instrumentos en que se reconozca, transfiera, modifique o cancele el dominio sobre inmuebles.
b) Los títulos o instrumentos en que se constituyan, transfieran, reconozcan, modifiquen o cancelen derechos de usufructo, herencia uso, habitación, servidumbre, hipoteca o cualquier derecho real constituido sobre inmuebles.

c) Los contratos de arrendamiento sobre inmuebles y de anticresis, cuando deban hacerse valer contra terceros.

ch) Los documentos que ordenen embargos, restricciones y demás providencias cautelares sobre derechos inmobiliarios inscritos en el Registro.

d) Los contratos de créditos a la producción y los de prenda mercantil a que se refieren los Arts. 1155 y 1530 del Código de Comercio.

e) Cualquier otro documento que indique la ley.
DE LA LECTURA DE ESTE ARTICULO
DEDUCIMOS QUE SI EL COMODATO MODIFICA EL DOMINIO DE LOS INMUEBLES.
Y USTEDES QUE DICEN. POS YO CREO QUE SI
ATENTAMENTE

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30 Jul 2013 15:01 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Duda acerca del comodato

Malena escribió: Buenos Días Compañeros tengo una duda, el Comodato se debe asentar en el registro? Gracias por su ayuda


Efectivamente los comodatos si se inscriben. Solo algunos registradores en San Miguel, consideran que el dominio no se afecta con un comodato y no los inscriben.

Pero la regla es que son inscribibles...

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30 Jul 2013 15:08 #5 por Jorge Aguilar
Respuesta de Jorge Aguilar sobre el tema Duda acerca del comodato
CON EL MISMO TEMA
EN CUANTO A QUE HAY QUE HABLAR DE INSCRIBIR Y NO DE ASENTAR LES PIDO QUE LEAMOS EL ARTICULO 14 DEL REGLAMENTO A LA LY DE REETRUCTURACION DEL R.P.R.H QUE DICE

Inscripción: definición y clases

Art. 14.- Inscripción es el asiento que se practica en el Registro de los títulos sujetos a este requisito, con el objeto de que consten públicamente los actos y contratos consignados en dichos títulos, para los efectos que la ley determina. Es de dos clases; inscripción definitiva que es la que produce efectos permanentes, e inscripción provisional, llamada también anotación preventiva.

ENTONCES EL TERMINO INSCIRPCIÓN ESTA LIGADO AL TERMINO ASIENTO.
POR ESO NO SE SIENTA INCOMODO COLEGA AL UTILIZAR EL TERMINO ASIENTO
ATENTAMENTE.

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