BUENAS TARDES
COLEGAS QUEIRO APORATAR ALGO A ESTA INTERROGANTE DEL COLEGA RESULTA QUE EL ARTICULO 61 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE REESTRUCTURACION DEL R. P. R. E H.
NOS DIECE:
Títulos inscribibles en el Registro
Art. 61.- En el Registro de que trata este capítulo se inscribirán:
a) Los títulos o instrumentos en que se reconozca, transfiera, modifique o cancele el dominio sobre inmuebles.
b) Los títulos o instrumentos en que se constituyan, transfieran, reconozcan, modifiquen o cancelen derechos de usufructo, herencia uso, habitación, servidumbre, hipoteca o cualquier derecho real constituido sobre inmuebles.
c) Los contratos de arrendamiento sobre inmuebles y de anticresis, cuando deban hacerse valer contra terceros.
ch) Los documentos que ordenen embargos, restricciones y demás providencias cautelares sobre derechos inmobiliarios inscritos en el Registro.
d) Los contratos de créditos a la producción y los de prenda mercantil a que se refieren los Arts. 1155 y 1530 del Código de Comercio.
e) Cualquier otro documento que indique la ley.
DE LA LECTURA DE ESTE ARTICULO
DEDUCIMOS QUE SI EL COMODATO MODIFICA EL DOMINIO DE LOS INMUEBLES.
Y USTEDES QUE DICEN. POS YO CREO QUE SI
ATENTAMENTE
Malena escribió: Buenos Días Compañeros tengo una duda, el Comodato se debe asentar en el registro? Gracias por su ayuda
Efectivamente los comodatos si se inscriben. Solo algunos registradores en San Miguel, consideran que el dominio no se afecta con un comodato y no los inscriben.
CON EL MISMO TEMA
EN CUANTO A QUE HAY QUE HABLAR DE INSCRIBIR Y NO DE ASENTAR LES PIDO QUE LEAMOS EL ARTICULO 14 DEL REGLAMENTO A LA LY DE REETRUCTURACION DEL R.P.R.H QUE DICE
Inscripción: definición y clases
Art. 14.- Inscripción es el asiento que se practica en el Registro de los títulos sujetos a este requisito, con el objeto de que consten públicamente los actos y contratos consignados en dichos títulos, para los efectos que la ley determina. Es de dos clases; inscripción definitiva que es la que produce efectos permanentes, e inscripción provisional, llamada también anotación preventiva.
ENTONCES EL TERMINO INSCIRPCIÓN ESTA LIGADO AL TERMINO ASIENTO.
POR ESO NO SE SIENTA INCOMODO COLEGA AL UTILIZAR EL TERMINO ASIENTO
ATENTAMENTE.