BUENOS DIAS COMUNIDAD JURIDICA LA MADRE DE UN MENOS QUIERE IRSE A ESTADOS UNIDOS Y QUIERE DEJAR SU HIJO BAJO EL CUIDADO DE SUS ABUELOS PERO RESULTA QUE EL PADRE VIVE EN ESTADOS UNIDOS, PERO NO TENGO LA SEGURIDAD SI ESE NIÑO ESTA RECONOCIDO POR SU PADRE, MI DUDA ES SI AL NO ESTAR RECONOCIDO POR SU PADRE SOLO SU MADRE PUEDE OTORGAR EL CUIDADO PERSONAL Y SI ESTE SE REALIZA EN ESCRITURA PUBLICA O EN DOCUMENTO AUTENTICADO GRACIAS POR SUS OPINIONES
En principio debes tener a la vista la Certificaciòn del Asiento de partida de nacimiento del niño; y ahì verificaràs si el padre otorgo reconocimiento de hijo.
En la parte donde dice: diò estos datos el señor xxx, quien expresa ser padre del recièn nacido y asì lo reconoce.
Si existe el reconocimiento del padre, deberà otorgar documento donde exprese que por ser el padre de domicilio desconocido no puede expresarse sobre el ejercicio de la Guarda y Cuidado Personal. Y si el niño no esta reconocido por su padre obviamente no tiene derechos sobre el niño en consecuencia es solo la madre quien ejerce de forma exclusiva todos los derechos originados de la Autoridad Parental.
Y la ley establece que los documentos deben ser otorgados ante Notario en escritura pùblica.
Suerte..
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, antfranco