hola colegas tengo dos consultas espero me la resuelvan:
1. tengo una compraventa q excede de los 250, 000 colones por ende tiene q pagar impuesto, mi pregunta es la sig, ya tengo la escritura lista no impresa obviamente, y teniamos cita para mañana pero lo srs compradores me dicen q hasta la otra seman tendran el dinero para pagarlo el impuesto, yo le dije mejor q esperaramos hasta q tuvieran el $ para pagar impuesto porque yo debo presentar en el anexo de mi protocolo ese doc,, la pregu es es asi como se debe hacer o soy muy extrema y podrioa decirles q si firmamos mañana pero q la otra semana pagamos e impuesto q opinan?
2. en una acepatacion hereditaria, la sra causante tenia X nombre y tambien era conocida por XY debo obviamente relacionar el nombre deX conocido por XY ya uqe en las partidas de los hijos sale con un nombre y en la de defuncion con otro! estoy en lo correcto o no.
ayuda.
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Hola colega.
En el caso del pago de transferencia; yo hago lo mismo que estas haciendo tú. Ya que es responsabilidad del notario el pago de dichos impuestos; y como bien sabes, si no anexas el recibo del pago no te autorizan un nuevo libro; por lo tanto, no creo que sea extremista el asegurarse que se realizará el pago. TODO LO ANTERIOR SI LOS CLIENTES NO SON DE TU CONFIANZA; PERO, SI TIENES UNA RELACION MUY ESTRECHA CON ELLOS PUEDES DARLE UN VOTO DE CONFIANZA.
Y sobre la aceptación de herencia, si la causante era legalmente conocida con otro nombre (legalmente por escritura de identidad y su correspondiente marginación de partida de nacimiento), debes consignar ambos nombres.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."