tengo una duda y al mismo tiempo solicitandoles auxilio a la comunidad juridica que esta en este red, el caso es que si se puede pedir audiencia espcial para cambio de calificacion juridica del delito si o no?, segunda pregunta si en una audiencia especial de medidas se puede pedir en el escrito tambien que se ventile en dicha audiencia lo referido a al cambio de calificacion juridica? o sea la audiencia de medidas se que es solo para ver las medidas no obsante nose si en la practica se puede ver las dos cirncunstancias???, y en tercer lugar, alguien que me facilite la jurisprudencia de inconstitucionalida en la que expresa que no se debe aplicar expresamente el artl 332 inc, final donde prohibe las medidas sustitutivas para ciertos delitos que aparecen alli. y si alguien tiene algun modelo de los escritos en los supuestos plantiados se los agradecere mucho
el cambio de calificacion juridica debes de ventilarlo en la vista publica como incidente
para lo cual debes de preparar tus alegatos haciendo enfasis en que las acciones de tu cliente
encajan en el presupuesto de "x" delito, y no en el que se le imputa, claro que debes tener en
encuenta la prueba que se ha ofertado, ten cuidado con eso