auxilio salido de una madre menor de edad

16 Ago 2013 14:27 #1 por C@ñénguez9
auxilio salido de una madre menor de edad Publicado por C@ñénguez9
Buenas tardes colegas tengo una duda y es la siguiente:
se trata de un joven que ya es mayor de edad y actualmente esta acompañado con una jovencita de 17 años, aparte tienen un hijo en común, por lo que el tiene deseo de llevarlos a pasear a Guatemala por lo que me preguntan si no tendrá problemas al momento de llegar a la frontera para que pueda salir con ella, que me sijieren que le asesore

Cañénguez

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16 Ago 2013 15:14 #2 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema auxilio salido de una madre menor de edad
En principio se me ocurre que debe tramitar el permiso de salida del paìs de la madre de su hijo. Es decir que deben los padres biològicos y representantes legales de la madre menor de edad, otorgar la autorizaciòn de conformidad a lo establecido en el art. 44 LEPINA.

Y en cuanto a la salida del bebè de acuerdo a la misma disposiciòn considero que bastarà con la presentaciòn de la certificaciòn del asiento de partida de nacimiento para verificar que ambos son los padres. Sugiero que a la madre se le tramite carnet de minoridad.

:)

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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16 Ago 2013 15:19 #3 por C@ñénguez9
Respuesta de C@ñénguez9 sobre el tema auxilio salido de una madre menor de edad
la madre al parecer tiene carnet de minoridad, aparte de esto siempre sería necesario la autorización de salida de sus padres biologico

Cañénguez

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16 Ago 2013 15:26 #4 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema auxilio salido de una madre menor de edad

C@ñénguez9 escribió: la madre al parecer tiene carnet de minoridad, aparte de esto siempre sería necesario la autorización de salida de sus padres biologico


Artículo 44.- Viajes fuera del país
Las niñas, niños y adolescentes pueden viajar fuera del país, acompañados por el padre y la madre o por uno solo de ellos, pero en este último caso requieren autorización del otro expedida en acta notarial o por documento autorizado por el Procurador General de la República o por los auxiliares que este ultimo haya delegado para tal efecto.

Tanto el acta notarial como el documento que emita el Procurador General de la República, según sea el caso, tendrán un período de validez no mayor de un año contado desde la fecha de su expedición.

Cuando la madre o el padre se encontraren ausentes o la niña, niño o adolescente carecieren de representante legal, el Procurador General de la República, emitirá opinión favorable, cuando corresponda, sobre la expedición del pasaporte y autorizará la salida del país de la niña, niño o adolescente. La opinión que emita será vinculante

Si debe tramitar el permiso ...

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16 Ago 2013 15:32 #5 por C@ñénguez9
Respuesta de C@ñénguez9 sobre el tema auxilio salido de una madre menor de edad
Ok gracias por tu aporte y gracias por la ayuda que me brindastes, exito en tus labores y bendiciones

Cañénguez
El siguiente usuario dijo gracias: RafaAlfaro

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