Colegas quisiera saber si saben si puede la abuela donar a sus nietos menores de edad y asi mismo comparecer ella aceptando la donación tal y como se hace de padres a hijos según el art. 1286 Inc 2 Cc. ES importante mencionar que la madre ya fallecio y del padre no se sabe nada de su paradero
De acuerdo con lo que ya han dicho, debe ser uno de los padres como representantes legales, a menos que la abuela fuera al representante legal ( que tal parece no es el caso) creeria que puede, de lo contrario--> padres!