Hola amigos, soy nueva en esta pagina y tengo una duda, hay un cliente que arrendo una casa pero no hizo contrato, que demanda debo presentar ante quien bajo cual figura,, Gracias!!!!!!!
En los casos en que no existe contrato que compruebe el arrendamiento, se debe señalar en la demanda que no hay contrato puedes ver el Art. 33 de la Ley de Inquilinato y plantear la demanda basándote en el Art. 24 de la Ley de Inquilinato pidiendo lo que el cliente necesita, ya sea que se pague lo que se debe, la desocupación, etc. Como pruebas pueden servir algunos recibos o letras de cambio(si es que hay)también puedes agregar prueba testimonial que compruebe que efectivamente se ha dado una relación contractual entre las partes.