Emplazamiento en caso de demando esquivo.

27 Ago 2013 08:05 #1 por elabram87
El art 187 Pr.C.M regula el Emplazamiento en caso de demandado esquivo, el cual dice:
Art. 187.- Si la persona que ha de ser emplazada fuera encontrada pero esquivase la diligencia y no hubiera persona mayor de edad que acepte recibir la esquela y sus anexos, el funcionario o empleado judicial competente pondrá constancia de ello en los autos y hará el emplazamiento conforme a lo dispuesto en este código.

Alguien me puede explicar la parte final del artículo, la que establece que el emplazamiento se hará conforme a lo dispuesto en este código.

De antemano gracias.

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27 Ago 2013 09:20 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Emplazamiento en caso de demando esquivo.
La explicacion esta en el articulo anterior.
Emplazamiento por edictos
Art. 186.- Si se ignorare el domicilio de la persona que deba ser emplazada o no hubiera podido
ser localizada después de realizar las diligencias pertinentes para tal fin, se ordenará en resolución motivada
que el emplazamiento se practique por edicto.
El edicto contendrá los mismos datos que la esquela de emplazamiento y se publicará en el tablero
del tribunal.
ASIMISMO, SE ORDENARÁ, SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL, Y TRES
EN UN PERIÓDICO IMPRESO DE CIRCULACIÓN DIARIA Y NACIONAL. (1)

Es decir que se le emplazara por edicto;dado que aun cuando se conoce donde vive y se localizo pero habiendose negado; para no dilatar mas el proceso,se resolvera que por no haber aceptado la esquela; a traves de los edictos quedara legalmente notificado y seguira el proceso con nombramiento de curador.

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28 Ago 2013 06:45 #3 por elabram87
Respuesta de elabram87 sobre el tema Emplazamiento en caso de demando esquivo.
Se te agradece por la explicación, ahora ya lo tengo mucho más claro.

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