auxilioooo tengo una dudaaa

04 Sep 2013 20:31 - 04 Sep 2013 21:03 #1 por nncycgonz
auxilioooo tengo una dudaaa Publicado por nncycgonz
Hola colegas, fíjense que se hizo una promesa de venta (de una marca comercial, maquinaria, etc) a favor de 6 personas, en dicho documento se dio una parte del dinero, y en un par de meses cuando se diera el resto del dinero se firmaría la venta. ahora bien, uno de esas 6 persnas, ya no quiere continuar en el negocio pactado y le quiere ceder a su cuñado su cuota parte en la promesa de venta... que documento notarial tendría que hacerse en ese caso??? promesa de venta, cesion de derechos????????

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05 Sep 2013 09:28 #2 por Okuma
Respuesta de Okuma sobre el tema auxilioooo tengo una dudaaa
Una cesión de derecho, con las formalidades previstas en la ley, y relacionando el contrato de promesa de venta

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05 Sep 2013 10:04 #3 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema auxilioooo tengo una dudaaa
Para entender y darle respuesta a tu pregunta hay que revisar algunos conceptos:
El contrato de promesa de venta, es un contrato bilateral, en el que existe obligación tanto del promitente vendedor de entregar y hacer la tradición del inmueble objeto de la promesa, como por parte del promitente comprador de entregar el precio convenido.
El contrato de promesa, persigue como fin último la celebración del contrato prometido, mediante las formalidades que la ley impone.
Entonces independiente del lado que estemos en este negoicio jurídico veremos, que de momento hay una obligación condicional,cierta y reciproca.Pues si tomamos de partida que los 6 que se obligaron a pactar , son solidarios en la obligación de entregar el dinero;siendo así que faltara n 2 o 3 o 5 y quedara solo 1; este seria el unico responsable de cumplir.Por lo que el promitente vendedor o quien se había obligado a vender podría dar por resuelto el contrato y no entregar la prima o arras entregadas si no se verificara la condición que los 6 compradores se obligaron.
Siendo así y siendo el acto que otorgaría derechos seria el de la compraventa donde quedarían definidas las partes que le tocan a cada uno.Una salida practica seria que el quiere hacerse cargo de la parte de la deuda(cuestión que en realidad no es así; pues son solidarios)que pague el,la cuota que resta y a la hora de celebrar la compraventa le asignen a el la 6ta parte del que no pago. Pues hasta el momento el contrato de promesa solo persigue celebrar el que realmente interesa que es la compravente,entonces allí por concenso de los 5 restantes el que no participo queda fuera y uno de los 6 queda con una parte mas; que fue quien pago mas.
Ahora si los 6 ya pagaron; pueden hacer una declaración jurada donde el que se quiere salir y el otro que quiera comprar se comprometa que una vez verificado el negocio uno le vendería al otro su parte; y allí le entrega lo que el otro puso para el negocio.Por que hasta entonces y no antes;pues si bien la compraventa se presume que sea cierta; como todo en la vida esta sujeta a un riesgo, y parte de esa responsabilidad era entregar todo el precio y; salirse deja en desventaja a los otros 5 y lo mas sano que hasta haberse verificado el trato se le regrese su dinero.
Ahora la cesion de derechos solo es aplicable en el otro lado del negocio.
Debe recaer sobre activos de derechos primordiales del cedente, quien se despoja de una acreencia a favor de cesionario. En ningún momento se puede hablar de sección de deudas, porque lo que reglamente el Código Civil es la figura de la disposición de un activo.:
De créditos personales.
De derechos de herencia
De derechos litigiosos.

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