ES UNA PREGUNTA QUE AUN NO VISLUMBRO EN LA LEY SOLO HE OIDO HABLAR DE LA EJECUCIÓN DINERARIA PERO DE EJECUCIÓN DE UN BIEN INMUEBLE NO SE SI ES POSIBLE Y CUAL SERÍA LA BASE LEGAL DE ESTO? DE ANTEMANO MUCHS GRACIAS.
Última Edición: 09 Sep 2013 08:29 por moises guzman.
En el municipio de Turin, departamento de Ahuachapàn sucedio un caso como el que tu planteas, busca informacion en la web sobre el citado caso, al parecer el tribunal si decreto embargo sobre la citada alcaldia eso fue hace un año o dos lo mucho, espero encuentres la informacion que aclare tu pregunta
"Querido amigos, que ninguna adversidad los paralice. No tengan miedo al mundo, ni al futuro, ni a su debilidad. El Señor les ha otorgado vivir en este momento de la historia, para que gracias a
su fe siga resonando su Nombre en toda la tierra".