Duda en Audiencia Preliminar de Familia

09 Sep 2013 20:35 - 09 Sep 2013 20:41 #1 por Redentor
Estoy llevando un proceso de famlia sobre una demanda de IMPUGNACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO, el caso es asi: La esposa quiere impugnar un reconocimiento que su esposo hizo, tratando de probar que el reconocido no es su hijo, por lo que interpuse la demanda a nombre de la Esposa como tercero con un interes actual, en contra del hijo reconocido representado por su madre y en contra de su esposo, es decir hay un litisconsorcio necesario pasivo. La demanda fue admitida y los demandados debidamente emplazados.

Aqui viene mi interrogante, la madre como representante legal del hijo reconocido si contesto la demanda en sentido negativo, PERO el Esposo demandado NO contesto la demanda y ademas no asistira a la audiencia preliminar ya señalada, aunque si esta de acuerdo en hacerse la prueba cientifica, es decir, el ADN. Mi pregunta es: ¿Que consecuencia tiene en la realizacion de la prueba del ADN el que no se presente en la audiencia el demandado? De antemano les comento que ya lei el Art. 112 L.P.F., que dice que el procurador de familia asumira su representacion y que aunque el demandado no comparezca al proceso no hay rebeldia y el proceso siempre sigue su curso.

Otra interrogante: Mi representada es decir la demandante no quiere asistir sin justa causa a la audiencia preliminar, ¿Podra realizarse la audiencia preliminar aun sin su comparecencia y bastara conmigo como su apoderado?
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09 Sep 2013 22:22 #2 por borris spencer
Respuesta de borris spencer sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia
no se mi buen

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10 Sep 2013 08:16 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia
Mi estimado redentor:

En sus preguntas estas sus respuestas...

Como usted, lo afirma si el demandado no asiste en la audiencia preliminar se le asignarà abogado que lo represente, o se ordenarà que se libre oficio informàndole que debe comparecer a la fecha que se señale para que se realice el examen de ADN.

No todos los jueces nombran al procurador porque en teorìa este representa los intereses de los niños y niñas; entonces puede que nombre un abogado de oficio de los muchos que colaboran en los tribunales de familia.

La prueba de ADN, tendrà el efecto de plena prueba, ya que esta es la idonea para establecer de forma ìnequivoca la filiaciòn materna y paterna con relaciòn a los niños y niñas.

Si su cliente no quiere ir a la audiencia preliminar y no tiene justa causa, lo màs probable es que le impongan multa por su inasistencia. Aunque hay jueces, que aceptan "las explicaciones" del abogado y si este tiene amplias facultades, no dirà nada.

Pero no esta de màs justificar la inasistencia de su cliente con alguna constancia, para evitarse el mal rato.

Suerte...
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10 Sep 2013 08:56 #4 por OMAR MAURICIO
Respuesta de OMAR MAURICIO sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia
como la prueba del ADN es la prueba idonea para establecer de forma ìnequivoca la filiaciòn materna y paterna con relaciòn a los niños y niñas. y si no obedece el manda judial de acudir para la practica de esa diligencia existe la posibilidad que se pueda oficiar a la Fiscalia para que se inicie proceso por desobediencia a mandato judicial
El siguiente usuario dijo gracias: Redentor

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10 Sep 2013 09:41 #5 por Redentor
Respuesta de Redentor sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia
Gracias por sus respuestas colegas.

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10 Sep 2013 09:52 #6 por alejoarch1
Respuesta de alejoarch1 sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia
La prueba de ADN hace plena prueba, si no asiste el demandado sera representado por el procurador o un abogado de oficio

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10 Sep 2013 09:52 #7 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Duda en Audiencia Preliminar de Familia

OMAR MAURICIO escribió: como la prueba del ADN es la prueba idonea para establecer de forma ìnequivoca la filiaciòn materna y paterna con relaciòn a los niños y niñas. y si no obedece el manda judial de acudir para la practica de esa diligencia existe la posibilidad que se pueda oficiar a la Fiscalia para que se inicie proceso por desobediencia a mandato judicial


Por aclaraciòn. Ninguna persona puede ser obligada a realizarse la prueba de ADN. No existe delito ante la negativa a realizarse dicho examen.

Lo que si existe es criterio jurisprudencial, que ante la negativa a realizarse el examen, se presume la paternidad, existe aquel silogismo que "el que se niega, es porque algo oculta"; y generalmente para no violentarle el derecho a los niños y niñas conocer y ser reconocidos por sus padres biològicos, es que se trata en lo posible que dicha prueba se realice.

Nunca, he visto que se inicie proceso por desobediencia, porque un juez señala fecha para la practica de la diligencia; y si ordena que se realice el examen esa orden es para que en Medicina Legal se procure no frustrar la diligencia.-

En las Camaras de Familia he visto que "prestan" vehiculo para que amablemente inviten al individuo a realizarse el examen y lo van a traer a la casa y lo van a dejar; pero nunca emiten una orden judicial para que se presente. Y en la PGR. si siempre amenazan a las personas con irlos a traer por apremio.

Lo anterior solo por aclaraciòn. Si alguien ha tenido un proceso donde han iniciado proceso penal por desobediencia ante la negativa a realizarse el ADN que lo comparta, para incorporarlo a mis demandas.

Suerte...
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