Ayuda Urgente Demanda de Farmacia

10 Sep 2013 11:36 #1 por jessikamaria
Ayuda Urgente Demanda de Farmacia Publicado por jessikamaria
Hola buenos días colegas necesito una demanda de una Farmacia.
les cuento el caso

a mi niña le dio fiebre en junio del presente año por lo que me presente al doctor ya que dicha fiebre no cedia
quien me entrego la receta pertinente, presentandome a una farmacia X a comprar los medicamentos que contenia dicha receta, posteriormente le suministre el medicamente a la bebe, dos días después volvi a llevar a la niña al pediatra porque quedo en estado paraplegico, no se movia, no respiraba se trampo por completo, la niña fue ingresada de inmediato al hospital, al principio por los sintomas el doctos creyó ser meningitis, pero luego de hablar sobre el medicamento, creyo que eran efectos de la codeina, ya que le habia recetado un ganmatos antitusivo, desde la fecha hasta el día martes pasado la niña volvio a tener fiebre por lo que le suministre el medicamento para bajarsela, posteriormente la niña tuvo otro episodio igual que el que habia tenido hace dos meses el doctor penso que habia tenido una convulsión atónica y la remitio al neurologo, posteriormente le realizaron un electroencefalograma, en el cual la niña salio perfectamente bien , ya que según los conocimientos del neurogolo la niña no tuvo cunvulsiones, pero es el caso que al momento de indagar con el neurologo salio a reducir el medicamento de la fiebre manifestandole que era aldol, posteriormente reviso en su maquina y me enseña una fotografia del medicamente, HALDOL, exactamente ese era el medicamento, hablo con el pediatra de mi niña y efectivante el me receto para la temperatura ABDOL y la farmacia me dispenso HALDOL.
razon por la cual la niña entro a una etapa de depresión ya que el medicamento no obstante ser un antidepresivo de los mas fuertes que existen, ha entrado en una etapa de insomnio, desesperacion, perdida del apetito, todo debido al nivel alto de medicamento.

por favor me urge el punto de vista de ustedes y si me asesoran se los agradecere de todo corazon acuerdense que asesoramos a personas en todo ramo pero cuando el problema es de uno y mas que todo en el que se pone en riengo la vida de tu bebe, te pone en que pensar en que es lo mejor que debo de seguir.
agracias por sus comentarios y mas que todos por su ayuda. :(

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10 Sep 2013 11:54 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Ayuda Urgente Demanda de Farmacia
Lamentable el caso...

El problema surge porque la responsabilidad resultarìa compartida. La farmacia por dispensar un medicamento incorrecto y la persona que aplico el medicamento sin ser el que se habia recetado; porque como se justificarìa que no se leyo que no era el mismo medicamento????

Se me ocurre que en la ley de protecciòn al consumidor art. 28, podrìa ayudar en el sentido que del envasado del medicamento pudo surgir la confusiòn; y pedir que respondan por los daños originados a la salud de la niña (art. 37 LPC).

Se podrìa revisar el Còdigo de Salud.
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, RafaAlfaro

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10 Sep 2013 12:17 #3 por alpoa09
Respuesta de alpoa09 sobre el tema Ayuda Urgente Demanda de Farmacia
estos son alguno artículos del código penal que pueden ayudarte
TRAFICO DE PRODUCTOS QUIMICOS Y SUSTANCIAS NOCIVAS
Art. 272.- El que hallándose autorizado para el tráfico de sustancias nocivas o productos químicos y farmacéuticos o de cualquier otra sustancia análoga, que pusieren en grave peligro la salud pública, los despachare o suministrare sin cumplir con las formalidades de seguridad previstas en las leyes y reglamentos respectivos, será sancionado con prisión de seis meses a dos años e inhabilitación para el ejercicio de la profesión u oficio por el mismo tiempo.

DESPACHO O COMERCIO INDEBIDO DE MEDICINAS
Art. 273.- El que despachare o comerciare con medicamentos no autorizados, deteriorados o caducados o incumpliere con las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad, conservación, eficacia o sustituyere unos por otros, será sancionado con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión u oficio por el mismo tiempo.s

DELITOS CULPOSOS CONTRA LA SALUD PUBLICA
Art. 277.- El que culposamente realizare alguno de los delitos a que se refiere este Capítulo, será sancionado con prisión de seis meses a dos años

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10 Sep 2013 13:06 #4 por alpoa09
Respuesta de alpoa09 sobre el tema Ayuda Urgente Demanda de Farmacia
ley de farmacias

Art. 50.- Los farmacéuticos deberán rechazar toda receta que no estuviere concebida en términos claros y formulada según los principios de la ciencia, o no llevare la firma del facultativo que la hubiere dado, la edad del enfermo para quien está destinada y la fecha en que hubiere sido expedida. (3)

Las copias de las recetas despachadas, no podrán ser despachadas nuevamente.(3).



Art. 51.- Los farmacéuticos llevarán un libro en que asentarán íntegras ls ordenes y recetas que despachen, sin dejar espacio alguno en blanco, expresando el número del registro, la fecha de despacho y los nombres de los que ordenen y preparen. (3)

Dicho libro será foliado, sellado y rubricado en su primera y última página por el Secretario de la Junta de Gobierno.(3).



Art. 52.- Es prohibida la sustitución de medicamentos en la preparación de las recetas, sin la autorización expresa del facultativo que las expidiere. (3)



Art. 53.- Los farmacéuticos deben pedir a los facultativos la reconsideración de toda receta cuyas dosis sean mayores que las establecidas por la Junta de Gobierno de la Facultad, o que contengan entre sus componentes sustancias incompatibles, pudiendo despacharlas, sin embargo, si a su juicio no hubiere inconveniente, y si siempre que el facultativo ratifique por escrito, y con su firma, la misma receta. (2) (3)



Art. 54.- La misma reconsideración deberá pedirse a los facultativos cuando no se exprese en la receta el modo de usar el medicamento, a menos que se diga que es para uso externo, o cuando en las fórmulas vayan sustancias incompatibles. (3)



Art. 55.- Los farmacéuticos están en la extricta obligación de recoger aquellas recetas de tal modo venenosas que baste la primera dosis para ocasionar la muerte, y de remitirla a la Junta de Química y Farmacia, quien a su vez la remitirá a la Junta Directiva de la Facultad de Medicina. (3)



Art. 56.- Los farmacéuticos copiarán en las viñetas de los envases que despachen si ha de ser interno o externo el uso del medicamento que contienen y su modo de administración, según las indicaciones del médico. Consignarán, además, el número del registro y el precio del medicamento. (3)

Las recetas originales que despachen se archivarán por su orden numérico, dando copia de ellas a los interesados si así lo pidieren.(3).



Art. 57.- Se prohibe a los farmacéuticos recetar particularmente o hacer indicaciones oficiosas de ninguna especie contraviniendo las del médico en las recetas que despachen. (3)

Asimismo se prohibe el establecimiento de consultorios médicos anexos a los establecimientos de farmacia, aunque las consultas sean gratuitas.(3).


ley de farmacias

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