interrogatorio de testigo en familia (divorcio)

20 Sep 2013 10:13 #1 por vallecillos_hector@hotmail.com
interrogatorio de testigo en familia (divorcio) Publicado por vallecillos_hector@hotmail.com
Podrían ayudarme como llevar acabo interrogatorio de testigos en divorcio por la segunda causal

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20 Sep 2013 10:34 #2 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema interrogatorio de testigo en familia (divorcio)

vallecillos_hector@hotmail.com escribió: Podrían ayudarme como llevar acabo interrogatorio de testigos en divorcio por la segunda causal


Esto lo tomo de mi amiga y colega la Licda NVramìrez:

Se inicia la identificaciòn del testigo por parte del Juez... Quien pregunta, nombre, profesiòn, (algunos indiscretos preguntan la edad) y domicilio...
Posteriormente el Juez, le expresa lo relacionado al falso testimonio y algunos le dan lectura al artìculo correspondiente del CP, posteriormente pregunta si jura (y a quien por la fe, que profesa no se le permite jurar) decir la verdad en todo lo que fueren preguntados...

Procediendo a darle la palabra al Abogado que oferta a los testigos, luego expresa que podra interrogarlo tambien el Abogado de la contraparte y el procurador del tribunal....

Siempre he creido que el interrogatorio de testigos depende mucho del tipo de testigo que sea... Si es de esos que contestan solo SI o NO, pues deben hacerse preguntas cerradas; y si es de los que contestan hasta de màs, pues preguntas directas... Por eso siempre sugiero "un ensayo" previo a la audiencia, para conocer a nuestros testigos...

Màs o menos va asì:
Conoce usted, al señor xxxxx????
Desde hace cuanto tiempo lo conoce????
Tiene usted, algùn parentezco con el señor xxxx??? o cual es el vìnculo que existe entre ustedes???

Ahora viene la parte central del interrogatorio, que en teorìa, es la parte donde nos interesa que el testigo aporte lo suficiente para "confirmar" lo peticionado en la demanda...
Sabe usted, si el señor xxxx, se encuentra casado????
Conoce usted, a la esposa del señor xxxx?
Conoce usted, la situaciòn actual de los esposos????

Preguntar la fecha del matrimonio, resulta innecesario, porque en los documentos anexos se encuentra la partida de matrimonio...

Sabe usted, si el señor xxxxx y la señora procrearon hijos en comùn?
Sabe usted, los nombres y las edades de los hijos???
Conoce usted, con quien residen los menores????
Conoce usted, quien cubre los gastos de crianza y educaciòn de los menores?
Conoce usted, si el señor xxxx se relaciona con sus hijos???
Conoce usted, si el señor xxxx, realiza alguna actividad que le implique algun ingreso econòmico???

Claro que con este tipo de interrogatorio debe tomarse en cuenta que la pregunta obvia para la contraparte serìa: ¿¿¿¿como le consta??? por eso es necesario explicarle al testigo que al dar su respuesta debera agregar porque le consta o afirma lo que expresa... Ejemplo... Me consta que el señor xxx y la señora se encuentran casados porque visito la casa de forma regular y he visto fotos de su matrimonio civil y religioso... y si son familiares pues tan fàcil como afirmar que le consta que son casados porque se asistiò a la boda....

Y sobre la parte econòmica esta esta suficientemente probada con el estudio social, el cual aùn cuando no es prueba, da parametros que ilustran al juez, sobre la situaciòn de las partes involucradas y serìa reforzar lo que se considera necesario con la declaraciòn de los testigos... Es decir que no se debe profundizar en situaciones que ya estan probadas, como el ingreso por ejemplo... porque muchas veces nos podemos meter en lìos y parecer que tenemos "muy bien preparado" al testigo, por ejemplo preguntar si se conoce el ingreso; y el testigo afirma que si, pues la pregunta obvia es como le consta... y no nos gustaria escuchar que el testigo responda el Abogado (nosotros) me lo dijo...

Por eso insisto en el ensayo con el testigo, para evitar sorpresas y malas experiencias..
Esta es una forma general de hacer un interrogatorio....


Para hacer las objeciones... Dependera del interrogatorio de la contraparte...

Generalmente estas se plantean cuando se hacen preguntas sugestivas o cuando se pregunta lo mismo varias veces tratando de incomodar a nuestro testigos...

Y la formula es màs o menos asì... Pregunta??? Objeciòn su señoria? esa pregunta ya fue suficientemente contestada cuando el testigo declaro (señalar lo declarado)

Entonces el juez, procedera a expresar si procede o no???

Otro ejemplo: Objeciòn su señorìa??? pregunta improcedente??? cuando se pretenda ahondar en la vida personal del testigo???? y esto no tenga relaciòn con la naturaleza del proceso???

Etc... etc... tema muy interesante y muy extenso...


:)

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona, JoaG, vallecillos_hector@hotmail.com, cerrosc

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