por lost canvas

20 Sep 2013 11:31 #1 por leónblanco
por lost canvas Publicado por leónblanco
apreciable colega respecto al proceso de benefiios penitenciarios, necesito que x fa puedas enviarme los escrtos que tu has aportado a otr@s amig@s los mismos me uuuuuuuuuuuurgen! y son para solicitar la libertad condicionsl ordinaria y la L.C. anticipada y cualquier otro aporte que tengas respecto al tema te lo agradeceria, si pudideras hoy si vieras por supuesto este msje, este día temprano.... Gracias Mil!!!

Mi correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Atte.
Roberto

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

20 Sep 2013 11:37 #2 por leónblanco
Respuesta de leónblanco sobre el tema por lost canvas
El anterior msje. es para ti amigo lost canvas, disculpa que no agregue tu nombre de ususrio. Es respecto a los escritos de los beneficios penitenciarios lost canvas, enviamelos x fa a mi correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

20 Sep 2013 15:12 #3 por fatali
Respuesta de fatali sobre el tema por lost canvas
eeeeeeeeem no se si sabes que la libertad condicional ordinaria no se solicita, es un proceso que el
juez hace de oficio, aunque no esta de mas que previo al cumplimientode las dos terceras partes
de la pena impuesta se presentara un escrito al juez de vigilancia en el cual le pides que
por estar cercana la fecha de cumplimiento de las dos terceras partes de la pena impuesta a tu
cliente, libre oficio al Concejo Criminologico correspondiente a fin de que remitan a ese juzgado
el respectivo dictamen criminologico producto de la evaluacion practicada en tu cliente, con el
objetivo de que se se?ale audiencia oral para ventilar la consesion o no del benefecio de la
libertad condicional a favor de tu cliente

espero eso te sirva

La realidad es una ilusion.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

20 Sep 2013 23:46 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema por lost canvas
Si fuera de oficio los reos no cumplieran la pena total y los abogados no tuviesemos trabajo en ese campo :huh:

Te mandare los escritos mañana teprano con la informacion debida.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

21 Sep 2013 09:19 #5 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema por lost canvas
Colegas a quien le manden la informacion por correo, recuerden contribuir a la pagina y subirlo a la seccion descargas, ya que dichos escritos son una repeticion recurrente en los temas del foro

Pero Julio Cesar no lo vio.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

22 Sep 2013 19:48 #6 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema por lost canvas
Las disculpas del caso, he estado atareado toda la semana pero al desocuparme prometo compartir lo pertinente en las descargas, Saludos colegas.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

22 Sep 2013 21:36 #7 por fatali
Respuesta de fatali sobre el tema por lost canvas

lost canvas escribió: Si fuera de oficio los reos no cumplieran la pena total y los abogados no tuviesemos trabajo en ese campo :huh:

Te mandare los escritos mañana teprano con la informacion debida.


En primer lugar, talves no me di a entender, pero te lo explico a que me refiero, en los juzgados de
vigilancia, se lleva un control sobre las fechas de cumplimiento de las dos terceras partes de la
pena impuesta a todos aquellos internos que se encuentran a la orden de cada juzgado, entonces, previo
al cumplimiento de esa fecha, el juez de vigilancia le solicita al Concejo Criminologico correspondiente
que le remita los informes criminologicos producto de la evaluacion practicada a dicho interno, con el
fin de convocar audiencia en la que se discute sobre la concesion o no de la libertad condicional al
interno. Ahora, yo me refiero a que es de oficio en el sentido de que no es necesario que se presente
un escrito por parte de un defensor para que el juez solicite el informe criminologico al Concejo
Criminologico, ya que previo a la fecha de cumplimiento de las dos terceras partes, el juez esta
obligado a solicitar dicho informe, esto segun el Art. 51 de la Ley Penitenciaria

En segundo lugar, la verdad es que en esta materia son muy pocos aquellos internos que tienen nombrado
defensor particular, la mayoria tienen defensores de la procu que hacen poco o nada por ellos, asi que
de hecho el trabajo que se tiene en este campo ya es poco ^^

La realidad es una ilusion.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Sep 2013 19:36 #8 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema por lost canvas
Bueno en las pocas experiencias que he tenido, talvez no me di a entender pero te lo explico, los informes no siempren los piden los juzgados de vigilancia, es mas a veces el concejo criminologico ni siquiera los envia a tiempo, es decir antes de la audiencia programada para ventilar la concesion de la libertad condicional, si es deber de los jueces de vigilancia pero tampoco es verdad que cumplan con ello al pie de la letra, yo siempre pido que previo a la audiencia solicite ese informe porque cuando el informe no llega y se da la audiencia es la excusa perfecta para denegar la libertad condicional, o con suerte que la reprogramen. El trabajo en ese campo no se si sera poco pero la realidad es que la mayoria de internos ni siquiera tienen asistencia de parte de la PGR, las veces que he llegado a platicar con alguno de ellos al penal, he tenido la oportunidad de escucharlo de su viva voz, y pues requieren de mis servicios profesionales, sera suerte no se o sera que la realidad es que los condenados no tienen la asistencia juridica debida por parte del Estado? digo esto porque tambien la ley penitenciaria habla de fase de confianza, y hay un gran numero de reos que a pesar de tener el tiempo y los requisitos siguen en la fase ordinaria, y estando ya por terminar la pena total. QUE PIENSAN USTEDES COLEGAS?

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Sep 2013 23:16 - 23 Sep 2013 23:17 #9 por fatali
Respuesta de fatali sobre el tema por lost canvas
buenos pues en cuanto a lo que dices, creo que hay diferentes criterios por parte de los jueces, pero
el proceso que yo he visto que se sigue para la libertad condicional ordinaria es el que explique
anteriormente, claro que pueda ser que otros jueces lo hagan de modo diferente :laugh:

y en cuanto a lo que mencionas de la falta de asistencia legal correspondiente, tienes toda la razon,
aunque por otro lado, ps tambien hay que ponerse a pensar que la gran saturacion del sistema
penitenciario, sumado a la carga laboral de los defensores de la PGR es lo que origina este problema,
peor aun, muchos internos no tienen los recursos como para pagar un defensor particular

La realidad es una ilusion.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.212 segundos
Gracias a Foro Kunena