pregunta sobre un caso

23 Sep 2013 16:17 #1 por Juanpablo
pregunta sobre un caso Publicado por Juanpablo
Estimados colegas necesito plantearles un casom, resulta ke hace aproxuimadaente un año y medio, una persona solicito un credito por $8000 dolares en el banco DAVIVIENDA, resulta que la señora hace un mes fallecio, al parecer de cancer, ahora resulta que el banco no quiere otorgarle ningun seguro, de deuda, de vida y de gastos funerarios, a parte de eso los hijos no se recuerdan donde dejo esos papeles que le dieron en el banco, ahora ellos estan reclamando esos, y los del banco dicen que les dijeron que a ellos no les importa que la señora haya muerto que ellos tienen que seguir paganado la deuda que ella tenia. y pues la verdad ellos kieren que los represente y que me apersone con ellos al banco a alegarles que le extiendan una copia de los documentos que ella firmo,
asi que disculpen mi ignorancia en este caso pero neceisto de su valiosa ayuda, y en base a que puedo exigir, o alegarle algo al banco, ya que es primera vez ke me sale un caso asi de ante mano gracias por su valiosa ayuda y colaboracion,. bendiciones

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23 Sep 2013 17:04 #2 por FernandoSO
Respuesta de FernandoSO sobre el tema pregunta sobre un caso
Colega nunca he llevado asi un caso pero se me ocurre que probablemente dio en garantia un inmueble, por lo que podrias ir al CNR y ver la escritura escaneada.. y a la vez podes pedir una certificacion literal de ahi podes sacar mucha informacion de la que necesitas ya que ir a preguntar todo al banco e ir nulo no te deja en buena posicion como abogado, debes de investigar para no irte a pelear y sea otra la historia.

Recuerda que si hay seguro para las deudas podria ser que inmediatamente se cancela, y ademas quienes deben pagar por ello son los herederos declarados que supongo que fueron declarados ellos ( espero que con beneficio de inventario)


Ahora recorda que todos los documentos firmados en un banco los tienen en una bobeda de archivos no es que llegues y te van a dar la copia, es un tramite que se debe solicitar en el juridico, .... sutilmente podrias mencionar la defensoria del consumidor, pero eso ya es poner de mal humor a los del banco pero es una salida.

Espero que sirva de algo saludos!
El siguiente usuario dijo gracias: Gerver Morales

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23 Sep 2013 17:08 #3 por grisolia
Respuesta de grisolia sobre el tema pregunta sobre un caso
Hola Juan Pablo, ve al banco si tus clientes no han encontrado los documentos del préstamo que adquirio la señora fallecida.

Por supuesto que tienes que llevar poder para que ellos te puedan dar información, en este caso copia del documento por medio del cual se obligo la señora.
Los hijos por el momento no están obligados a cancelar, los bancos siempre tratan la manera de recuperar su dinero y es lógico que le estén cobrando a los hijos de la fallecida.
Hoy en día todos los créditos sean personales o hipotecarios llevan un seguro de deuda incluído en la cuota mensual que se abona al pago del crédito.

Así que por el momento que tus clientes no se preocupen, pues si ellos no se obligaron como codeudores o fiadores solidarios, no estan obligados a cancelar la deuda.

Y vio Dios que todo era bueno... y aparecieron los abogados...

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23 Sep 2013 17:49 #4 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema pregunta sobre un caso
TODOS LOS BANCOS EN LOS PRESTAMOS SIEMPRE PONEN SEGURO DE VIDA
POR LO QUE LA DEUDA SIEMPRE QUEDA CANCELADA
Y SI EL BANCO LES PIDE EL PAGO QUE EL BANCO COMPRUEBE CON MUTUO HIPOTECARIO LO PACTADO AHI, PERO SI ES HIPOTECARIO EL CNR TENDRA EL REGISTRO DE LA HIPOTECA SOLO TIENE QUE REVISAR EN EL LIBRO DE HIPOTECAS Y SERCIORARTE DE LO QUE DICE AHI

WALDO2173

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23 Sep 2013 17:50 #5 por luis estrada
Respuesta de luis estrada sobre el tema pregunta sobre un caso
otro recurso que podria utilizar es apersonarse a la superintendencia del sistema financiero, pues ellos son los garantes de regular todo eso y que el banco no cometa abusos e sus clientes.

nada pierde con ir y ademas lleve toda la docuentacion necesaria para que le respalde a usted como apoderada y a sus clientes como herederos y la partide de defuncion de la señora!

suerte y bendiciones!

Dios nos ha puesto en el mundo para que seamos felices! ...la felicidad la encuentra aquel que sirve a Dios a travez de su projimo!

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24 Sep 2013 13:08 #6 por Juanpablo
Respuesta de Juanpablo sobre el tema pregunta sobre un caso
gracias estimados colegas, por tan valiosa informacion, el credito se constituyo como personal. NO es hipotecario, pero la duda que me surge si existe obligacion por parte del banco de proporcionar fotocopia de los documentos que ella firmo cuando estaba en vida.

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24 Sep 2013 15:02 #7 por pretor
Respuesta de pretor sobre el tema pregunta sobre un caso
Estimado colega.

Si el banco no te quiere brindar la información del contrato que firmó la causante con ellos puedes incluso apersonarte a la Defensoría del Consumidor para denunciar un cobro indebido.

además te recomiendo que cuando vayas con tus clientes no te dejes intimidar por ellos porque ellos están en la obligacion de recuperar su crédito pero recuerda algo, todo dinero que el banco pone en manos de los clientes está amparado por un seguro de deuda, asi que este se cobra cuando el cliente fallece, recuerda que los grandes bancos siempre buscan no ejecutar estos seguros y buscan que sean los familiares del fallecido quienes reconozcan la deuda y sigan pagando así que ten mucho cuidado con lo que ellos te soliciten.

y de verdad si pudieran conseguir aunque sea 1 comprobante de pago será suficiente porque ahi se detalle la forma como se distribuye la cuota. así que lo que te recomiendo es que le aconsejes a tus clientes que no reconozcan ninguna deuda, además si es un credito personal y no está amparado con ninguna garantía vamos que no tienen nada que perseguir salvo a los herederos pero contra quien y en que momento el banco ejecutará a la sucesión, tendrían que comprar el diario todos los días y estar pendientes de esto y dudo mucho que lo hagan, les sale más barto tirarlo a perdida y a cobrar el seguro de todos modos ellos nunca pierden y ese dinero ya está pagado.

así que no te desesperes si no te dan información y si empiezan el cobro contra tus clientes, pues busca la ayuda de la Defensoria o eventualmente una demanda contra el banco por cobros no debidos, lee la ley de protección al consumidor y ahi tendrás una idea más clara.

espero que esta pequeña reflexion te sirva.

saludos cordiales.
El siguiente usuario dijo gracias: Juanpablo, Gerver Morales

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24 Sep 2013 15:08 #8 por Juanpablo
Respuesta de Juanpablo sobre el tema pregunta sobre un caso
gracias mi estiado colega pretor, si en el caso ke me dices ke no me deje intimdar, de hecho no lo hare, cexistira una base legal para medio intimidarlos yo a ellos y ke ellos no me vayan a salir con otra cosa???

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24 Sep 2013 15:10 #9 por bexaby
Respuesta de bexaby sobre el tema pregunta sobre un caso
en efecto, y en cuanto a las copias, puedo comentar al respecto que en especifico el banco DAVIVIENDA, da las copias al cliente el mismo día que se firman los documentos, ya que al notario le piden el testimonio original mas tres copias, una de las cuales se la dan al cliente.-
También se pueden solicitar las copias al banco, pero eso tiene un costo, yo solicite copias cuando era el HSBC y me cobraron como 0.80 centavos por cada copia, tiene que ser con poder o ser la persona interesada que lo solicite, en este caso creo que los herederos.-
En cuanto a una copia que no me quisieron dar, presente la denuncia en el defensoria del consumidor y por medio de la defensoria me le dieron.-
Aclaro en ese caso se trataba de una persona viva, imagino que en este caso tendrá que probarse la calidad de herederos.-

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24 Sep 2013 15:54 #10 por pretor
Respuesta de pretor sobre el tema pregunta sobre un caso
claro que si puedes tener en cuenta lo establecido en el Artículo 1416 C. además por lo establecido en el Artículo 4, 17, 18 lit. c, f, i, l, m, 19, 20, 27, Titulo II infracciones y sanciones, todos de la Ley de Proteccion al Consumidor. Artículo 3, 7, Ley de supevisión del Sistema financiero.

lo importante es que llegues con una actitud segura y que no te vayan a querer sorprender con la responsabilidad que tienen como herederos ya que ellos no tienen nada que esté en su poder que pueda limitarte para la inscripción de algun derecho. recuerda que si ellos desearan entablar una demanda contra la sucesion tendrían que ser llamados como acreedores en las diligencias que promuevan tus clientes pero si estos aceptan con beneficio de inventario no hay problema.

si tienen un título valor (letra de cambio, pagaré) quien es el legítimo contradictor? el causante y como ya no está es dificil que puedan ejercitar la obligación contra terceros, si lo hicieren tu puedes alegar las excepciones personales que te franquea la ley ya que ninguno de tus clientes ha participado en el negocio como codeudor, fiador o avalista.

asi que ten fe que todo saldra bien y exitos en tus actividades profesionales

saludos.

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09 Oct 2013 14:56 #11 por oayalas
Respuesta de oayalas sobre el tema pregunta sobre un caso
es incorrecto si no son deudores del banco no tienen por que pagar

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