Colegas, si una persona que está en USA venderá un inmueble por medio de apoderado, pero el poder tiene un error consistente en que al otorgante lo consignaron como "Juan Villalobos" siendo lo correcto "Juan Villalobo", procederían a autorizar la compraventa consignándolo como correctamente debe ser, es decir como "Juan Villalobo"? que me sugieren? Tengo la copia del pasaporte del señor donde se corrobora que es "Villalobo", por lo que el error está en la escritura.
Es de recordar que como Notarios nosotros respondemos dado que damos fe que la persona que esta es quien dice ser, además ese poder creería que es especifico para esa esa transacción deberá ir en tu legajo de anexos, por ello al existir diferencia en una letra ya es otra persona por lo que como te aconsejan es mejor que sea otro poder como debe de ser.
Si como mencionan arriba por la letra "S" habría una inseguridad jurídida sobre la identidad de la persona, por lo que no se debería arriesgar a realizar la escritura colega.
"Una lección sin dolor no tiene sentido. Eso es porque no se puede ganar algo sin sacrificar algo a cambio; Sin embargo, una vez que hayas soportado el dolor y lo hayas superado, ganarás un corazón que es más fuerte que todo lo demás."
Armando Constante escribió: Colegas, si una persona que está en USA venderá un inmueble por medio de apoderado, pero el poder tiene un error consistente en que al otorgante lo consignaron como "Juan Villalobos" siendo lo correcto "Juan Villalobo", procederían a autorizar la compraventa consignándolo como correctamente debe ser, es decir como "Juan Villalobo"? que me sugieren? Tengo la copia del pasaporte del señor donde se corrobora que es "Villalobo", por lo que el error está en la escritura.
LO RECOMENDABLE SERÁ SUBSANAR O RECTIFICAR POR LA SIMPLE "S"... ES DE VERIFICAR QUE LA ESCRITURA DEL INMUEBLE TAMBIEN ESTE CONSIGNADO EL APELLIDO "VILLALOBO"