diferencia entre acta notariada y autenticada

01 Oct 2013 15:30 #1 por buffer72
Buenas tardes, tengo la siguiente consulta que me hace una municipalidad en el marco de la LACAP en sus bases dicen y acta notaria y autentica por notario y a mi parecer se refiere a dos cosa distintas gracias por su ayuda

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01 Oct 2013 15:44 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema diferencia entre acta notariada y autenticada
Artìculo 50 Ley de Notariado: Las actas notariales se referirán exclusivamente a hechos que por su índole no puedan calificarse como contratos; no se asentarán en el protocolo y cuando se refieran a actuaciones que la ley encomienda al notario, tendrán el valor de instrumento público. En los demás casos, tendrán el
valor que las leyes determinen.

Artìculo 52 Ley de Notarido: Art. 52.- Cualquiera persona puede comparecer ante notario para dar valor de instrumento público a los documentos privados de obligación, de descargo o de cualquier otra clase que hubiere otorgado. El Notario levantará, a continuación del instrumento que se le presente o en hoja
separada, un acta con las formalidades de los instrumentos públicos, en la que identificará el documento con expresión de las cláusulas esenciales del mismo, tales como las que tratan de cantidades, plazos e intereses y en la que dará fe de que la firma puesta al pie del mismo es de la persona que lo suscribió a su presencia o que la reconoce ante él, si hubiese sido puesta antes, o de que reconoce la obligación o contenido de dicho documento, si éste estuviere suscrito por otra persona a ruego del compareciente.(2)

Entonces el acta notarial inicia como un instumento asentado en el protocolo; pero sin hacer referencia al nùmero de instrumento, tipo de instrumento, ni del libro de protocolo; es decir que inician En la ciudad de San Salvador.....

En cuanto que los documentos autenticados privados son aquellos que se presentan ante Notario, para darle valor de instrumento pùblico e inician al final del documento privado como tal; generalmente las Alcaldìa lo hacen cuando se tratan de Contratos.

Se diferencian porque el primero es un instrumento; y el documento privado autenticado, son dos: uno realizado entre particulares y otro donde comparecen los mismos particulares ante Notario, para darle valor de documento publico.

Y este documento privado autenticado NO debe confundirse con la AUTENTICA, que realmente es la legalizaciòn de firma; pero la mayorìa consideran que documento privado autenticado y autentica es lo mismo; pero la autentica es la razoncita aquella donde solo se da fe que la firma que calza es autentica, porque fue reconocida como tal por alguna persona.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: RafaAlfaro

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