si para el pacto de retroventa, la ley estipula un tiempo máximo de 4 años para ejercer la acción, pero vencido ese tiempo lo que quiero saber de manera precisa es: cumplido ese tiempo el comprador que debe hacer, los pasos procesales que se deben seguir, se lleva acabo un proceso judicial para poder realizar la compraventa, porque el vendedor seguramente de buena fe no querrá firmar dicha compraventa, ayuda con eso por favor! Gracias.
Tiene que hacer una demanda de proceso común de reivindicatorio de dominio si en vendedor no entregado el bien pero si el comprador ya tiene el bien inmueble no hay ningún problema ahí termino todo
desde el momento que se perfecciona la retroventa el dominio ya esta trasladado al comprador.. es decir, no necesita mas nada, la retroventa quiere decir que dentro del plazo pactado el comprador tiene la obligacion de venderle de nuevo el inmueble a su antiguo dueño, nada mas.
el pacto accesorio del contrato de compraventa, en este caso el de retroventa, caduca la accion si no se ejerece en 4 años, y debes de avisarle al comprador en un tiempo previo dependiendo del bien de que se trate