cesación obligación alimentos

08 Oct 2013 21:16 #1 por coleguita
cesación obligación alimentos Publicado por coleguita
LA DEMANDA DE CESACION DE OBLIGACION DE DAR ALIMENTOS ¿SE PRESENTA EN EL JUZGADO QUE DECRETÓ LA CUOTA ALIMENTICIA, O EN EL DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO EN CASO DE SER DOMICILIO DISTINTO DEL TRIBUNAL?

Más que la civilización, la justicia es la necesidad del pueblo.
Pietro Colletta (1775-1831) Militar e historiador italiano.

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09 Oct 2013 07:11 #2 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema cesación obligación alimentos
Es en el domicilio del demandado, donde tienes que presentar la demanda de cesación de cuota alimenticia.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
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09 Oct 2013 08:12 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema cesación obligación alimentos

coleguita escribió: LA DEMANDA DE CESACION DE OBLIGACION DE DAR ALIMENTOS ¿SE PRESENTA EN EL JUZGADO QUE DECRETÓ LA CUOTA ALIMENTICIA, O EN EL DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO EN CASO DE SER DOMICILIO DISTINTO DEL TRIBUNAL?


Art. 33 y 34 de la Ley procesal de familia, sobre las reglas de la notificaciòn y emplazamiento.

Como debe notificarse personalmente al demandado, deberà presentarse la demanda en el tribunal correspondiente al domicilio (residencia) del que tendra calidad de demandado.

Precisamente por eso debe anexarse la certificaciòn de la sentencia que origina la obligaciòn de dar alimentos; porque no siempre es competente el mismo tribunal, que decreto los alimentos, con el que diligenciarà la cesaciòn de la obligaciòn de darlos.

Suerte...
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09 Oct 2013 08:20 #4 por George Alonzo
Respuesta de George Alonzo sobre el tema cesación obligación alimentos
SOLO SE DEBE TENER CUIDADO, VERIFIQUE QUE LA CUOTA DE ALIMENTOS LA IMPUSO UN JUZGADO DE FAMILIA, PORQUE SI NO PUEDE SER QUE EN LA PGR SE LA IMPUSIERAN, SI ES ASÍ DEBE SOLICITARLA EN ESA INSTITUCIÓN DE GOBIERNO, LA CESACIÓN.
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