colegas el caso es que en el juezgado me admitio la demanda en un proceso ejecutivo en donde pedia se embargara el salario pero resulta que el demandando ya no labora en la empresa, que tengo que hacer?
Puede ampliar su demanda, en base al Art. 280 CPCM, y solicitar que se libre Mandamiento de Embargo para proceder contra otros bienes que tenga el deudor