pregunta a personas con conoc en notariado y reg.

22 Oct 2013 18:19 #1 por sungki
si una propiedad general tiene una medida registral y una real, por ej. en la escritura de CV de mi casa dice asi: registralmente tiene 205 metros cuadrados, pero realmente tiene 283 mts cuadrados, ahora esa propiedad ha tenido dos desmembraciones, con lo que en la medida registral le quedan 42 metros cuadrados, pero la real es de 126, quiero poner eso en la escritura para que no hayan problemas, pero me dicen por ahi que no la van a registrar si pongo eso y que me van a pedir remedicion, cuando jamás la han pedido en el registro, como debe ir plasmado eso en la escritura? pues me dice el notario que si lo pongo como en mi escritura la medida registral y la real y se la observan me va a cobrar una nueva escritura

"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"

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22 Oct 2013 19:03 #2 por def
Respuesta de def sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
No hay duda no nos escapamos de hacer la remedicion,no podria subsanarse eso de otra forma

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22 Oct 2013 19:27 #3 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.

def escribió: No hay duda no nos escapamos de hacer la remedicion,no podria subsanarse eso de otra forma


pero en los antecedentes siempre aparece de esa forma, y las escrituras de las desmembraciones fueron presentadas con esos datos, no entiendo porque seria tan salada y tener la mala suerte de que me pidan remedicion

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22 Oct 2013 20:30 - 22 Oct 2013 20:31 #4 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
Para que se la registren sin que le hagan observaciones debe de describir el inmueble tal como aparece en el antecedente (no se le vaya a ocurrir ponerle en la escritura la medida fisicamente real cuando en el registro aparece otra medida porque se la van a observar, y dicha observacion no la va a poder subsanar) o sea copie al pie de la letra la descripcion del inmueble que se hace en el antencedente .

Sin embargo si tiene una medida registral y usted sabe que fisicamente es otra, considere que en algun momento tendra que hacer una remedicion, entonces por qué no hacerla ya.

Pero Julio Cesar no lo vio.

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22 Oct 2013 20:35 #5 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.

furio14 escribió: Para que se la registren sin que le hagan observaciones debe de describir el inmueble tal como aparece en el antecedente (no se le vaya a ocurrir ponerle en la escritura la medida fisicamente real cuando en el registro aparece otra medida porque se la van a observar, y dicha observacion no la va a poder subsanar) o sea copie al pie de la letra la descripcion del inmueble que se hace en el antencedente .

Sin embargo si tiene una medida registral y usted sabe que fisicamente es otra, considere que en algun momento tendra que hacer una remedicion, entonces por qué no hacerla ya.


es que ahorita no puedo hacerla

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22 Oct 2013 20:37 #6 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.

furio14 escribió: Para que se la registren sin que le hagan observaciones debe de describir el inmueble tal como aparece en el antecedente (no se le vaya a ocurrir ponerle en la escritura la medida fisicamente real cuando en el registro aparece otra medida porque se la van a observar, y dicha observacion no la va a poder subsanar) o sea copie al pie de la letra la descripcion del inmueble que se hace en el antencedente .

Sin embargo si tiene una medida registral y usted sabe que fisicamente es otra, considere que en algun momento tendra que hacer una remedicion, entonces por qué no hacerla ya.


bueno, en el antecedente dice asi: la medida registral es una; pero la real es otra, y las han aceptado sin remedición al igual que las desmembraciones

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22 Oct 2013 20:48 - 22 Oct 2013 20:49 #7 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
pd. los linderos no se modifican,

este es el modelo de la escritura que me han dado
NUMERO: En la ciudad de San Salvador, a las horas del día del mes de del año ****.- Ante mí, Notario del domicilio de , Comparece la señora ****, cuya firma se lee “***. *” quien es de cincuenta y seis años de edad, empleada, del domicilio de *****, Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad ******** y Numero de Identificación Tributaria ***********, y ME DICE: Que según inscripción del Libro de la Propiedad del Departamento de San Salvador, es legítima propietaria de un inmueble de naturaleza rústico, ahora urbano, y construcciones que contiene, situado ***** de una extensión superficial de DOSCIENTOS CINCO PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS; pero realmente mide DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, con las medidas y los linderos siguientes: AL ORIENTE: Ocho metros dieciséis centímetros, con terreno que fue de Aquilina Quiteño de Colindres y María Victoria Quiteño de Zepeda, ahora de Reyes Estrada.- AL NORTE: En veinticinco metros catorce centímetros, con terreno que fue de las expresadas señoras Quiteño de Colindres y Quiteño de Zepeda, ahora del Doctor Luis Humberto Villacorta.- AL PONIENTE: En ocho metros dieciséis centímetros, con terreno que fue de las expresadas señoras Quiteño de Colindres y Quiteño de Zepeda, después de ******* y en la actualidad de ******.- y AL SUR: En veinticinco metros catorce centímetros, con porción vendida a *******, que formó parte de la porción que se está describiendo.- que por desmembraciones realizadas con anterioridad, el inmueble general antes mencionado ha quedado reducido a una extensión superficial de CIENTO VEINTE PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS.- Que por el precio de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, que tiene recibidos de parte del señor **************, le vende El inmueble antes descrito y en consecuencia por medio de este instrumento le hace entrega y tradición del dominio, posesión, y demás derechos reales y personales que sobre el mismo le corresponden, se lo entrega materialmente en este acto y se obliga al saneamiento de Ley presente desde el inicio de este Instrumento, el señor *********************, quien firma “Ilegible ” quien es de treinta y siete años de edad, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a quien tampoco conozco pero que identifico por medio de su Documento Único de Identidad ******************* y Numero de Identificación Tributaria ***********************.- Y ME DICE: Que acepta la Venta y Tradición que se le hace del inmueble antes descrito y se da por recibido del dominio, posesión, uso y demás derechos que sobre el mismo se le transfieren y lo recibe materialmente en este acto. Los comparecientes me manifiestan que entre la vendedora y el comprador no existe vínculo de parentesco. Así se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de esta escritura y leída que se las hube íntegramente y en un solo acto ininterrumpido ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.-

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22 Oct 2013 21:56 #8 por bexaby
Respuesta de bexaby sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
El problema es que a partir del año pasado cuando es resto del inmueble como es el caso que se comenta piden que se presente plano a revisión a Catastro..
Es decir que de por ser un resto el que se esta vendiendo indudablemente van a pedir plano del resto.- sino se presenta el plano igual la van a observar.-
Entonces mejor hacer la remedición de una vez ya que de todos modos se va a gastar en plano.-

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22 Oct 2013 22:46 #9 por def
Respuesta de def sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
muy acertados los comentarios de l@s coleg@,un punto clave aqui es cual de las dos areas tine como inscrita en el sistema el registro,si tiene la primera que se comenta o la que dice pero lo real es, porque si el registro tiene en el sistema la que dice pero lo real es,entonces no es necesario la remedicion, de lo contrario repito no nos escapamos de hacer la remedicion,si no se sabe cual de las dos areas comentadas tiene por cierta el registo, sugiero ir a asesoria para indagar eso.

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22 Oct 2013 23:39 #10 por Luis Cortez
Respuesta de Luis Cortez sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
PODRIAS EXPRESAR BAJO JURAMENTO A CUANTO A QUEDADO REDUCIDO EL INMUEBLE, YA QUE ESTE MEDIDA YA NO SERÁ OBJETO DE DESMEBRACION, (CREO YO), PERO EN REALIDAD LO MEJOR ES REALIZAR LA REMEDICIÓN Y CON ESTO RESOLVES TODO EL PROBLEMA, INCLUSO CREO QUE SI EL REGISTRADOR ES ACUSIOSO DEBERÁ OBSERVAR LAS ANTERIORES DESMEBRACIONES SI ES QUE NO LO HA HECHO YA, PUESTO QUE PARA DARLE TRAMITE A LA DESMEMBRACION TUVIERON QUE PEDIRLE PLANOS DE LO QUE SE IBA A DESMEMBRAR Y LO QUE QUEDADA COMO RESTO DEL INMUEBLE EL CADA UNO DE LOS CASOS

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23 Oct 2013 08:58 #11 por bexaby
Respuesta de bexaby sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.
Señores no se si han ido recientemente al Registro, con escritura de Resto del inmueble, lo cierto es que cuando es un Resto el que se esta vendiendo, lo pasan a Catastro y en catastro PIDEN PLANO DEL RESTO DEL INMUEBLE, para establecer los linderos.-
Como sea que le ponga en la escritura siempre le van a pedir plano del resto del inmueble.-

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27 Oct 2013 10:03 #12 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema pregunta a personas con conoc en notariado y reg.

bexaby escribió: El problema es que a partir del año pasado cuando es resto del inmueble como es el caso que se comenta piden que se presente plano a revisión a Catastro..
Es decir que de por ser un resto el que se esta vendiendo indudablemente van a pedir plano del resto.- sino se presenta el plano igual la van a observar.-
Entonces mejor hacer la remedición de una vez ya que de todos modos se va a gastar en plano.-


si tiene razon

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