Pedro es un agricultor muy adinerado entrega a Julio un
pequeño agricultor un préstamo por la suma de $ 5,000.00 y
éste en garantía le otorga una hipoteca abierta hasta por la
suma de $ 10,000.oo pero al ser llevada al Registro el
Registrador se niega a inscribirla porque según él, el límite de
la hipoteca excede al valor de la deuda. Si a Ud. como notario
le hacen la consulta respondería:
a. El Registrador tiene la razón
b. El registrador no tiene la razón porque al existir libre contratación las
partes contratantes pueden hacer el contrato a su gusto
c. La negativa del Registrador es correcta, pero no por la razón expresada,
sino porque la hipoteca abierta solo puede otorgarse a instituciones
financieras.
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
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Abogado Laboralista
1- No importa el monto de la hipoteca
2- Es una libre contratación de garantizar créditos futuros "hasta por la suma de 10,000", ademas que si es permitido la hipoteca abierta a personas naturales según resolución de la Corte ( en caso que esto les de duda).
3- Esta respuesta solo es confusa y es solo para perder la concentración porque agrega un nuevo elemento el cual no esta contemplado en al pregunta y es para hacer dudar al lector.
4- Me parece que la respuesta es 2
CONSIDERO QUE LA RESPUESTA CORRECTA ES EL LITERAL "D" YA QUE LAS HIPOTECAS ABIERTAS SOLO SE PUEDEN OTORGAR A FAVOR DE INSTITUCIONES FINANCIERAS, LA BASE LEGAL SE ENCUENTRA EN EL CODIGO DE COMERCIO
A mi criterio es literal D porque veamos porque hay jurisprudencia que efectivamente dice que se puede realizar Hipoteca Abierta a favor de personas naturales. ademas el contrato de Hipoteca es accesorio y lo que da la garantía del cumplimiento de la obligación es que el valor de la hipoteca sea igual o superior al préstamo, y para terminar no se puede hacer contratos con libertad de los otorgantes ya que la hipoteca reúne formalidades debe ser sobre bienes inmuebles,tener un precio fecha de otorgamiento, linderos por lo tanto en el examen contestaría D
c, Art. 1554 c.com. solo los bancos o instituciones financieras pueden hacerlo
pero en un examen de notariado no te la ponen asi de facil.
pero ta bueno el ejercicio
podria ser la respuesta b, tambien si te vas del lado de la logica de la csj, en cuanto a la libertad de contratacion, por lo de el precio, pero eso depende de la malicia de ellos, para mi es la c, siempre
los que conocen la jurisprudencia sobre hipoteca abierta otorgada entre personas naturales podrían compartirla por favor...
está bastante bien este ejercicio, sería bueno continuarlo con otras preguntas. por ejemplo la siguiente, yo contestaria a), ustedes cual???
1.- Marcos N. vende a Lucas N. un terreno, desmembrado de uno de mayor extensión. Éste se compromete a no hacer ninguna construcción por el lado sur del terreno comprado, para no entorpecer la parte del terreno que le quedó a Marcos N. No obstante tal promesa, Lucas N. incumple y levanta un muro, pero por gestiones de Marcos N., el muro es deshecho. Así las cosas, Marcos N. le pregunta si puede obtener alguna indemnización, a lo que Ud. contesta:
○ a) No tiene derecho a ninguna, porque ya deshizo lo que era objeto de construcción;
○ b) No tiene derecho a nada, porque en el caso concreto lo que hay es contravención y no mora;
○ c) Puede solo pedir daños y perjuicios compensatorios, porque sólo a eso lo autoriza la ley;
○ d) Puede pedir daños y perjuicios compensatorios y moratorios
SOLO ERA COMPROMISO ENTRE LAS PARTES Y NO ESTABA ESCRITO EN NINGUN DOCUMENTO, APARTE QUE INTERESES MORATORIOS NO PODRIA PEDIR, ASI COMO TAMPOCO COMPENSATORIOS. PARA MI LA RESPUESTA ES LA LETRA A