hola disculpen alguien me puede ayudar con diligencias de jurisdicción voluntaria específicamente con la oposición y levantamiento de sellos, se los agradeceré muchísimo
Mi estimado jasson.
Aqui te contesto.
Resulta que con la Aposición y levantamiento de Sellos (art. 27 Ley del Ejercicio Notarial) se ha generado un serio problema con la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil.
¿Por qué? Pues porque esto se regulaba en el art. 886 del Código de Procedimientos Civiles; pero, con la entrada en vigencia del nuevo código procesal civil y mercantil, este derogó el anterior código procesal civil, y en el nuevo código no dice como se regulará la Aposición, es decir, el nuevo código dejó en un "limbo jurídico" esta diligencia. Aqui hay una tarea pendiente por parte de la Asamblea de armonizar las leyes. Y OJO con esto, porque hay varias disposiciones mas en la Ley del Ejercicio Notarial que han quedado en igual situación.