Amigos solicito ayuda:
Se puede vender sin ningún impedimento inmueble con las siguientes características:
Datos de la certificación extractada. En cuanto a sus derechos, le pertenecen a:
Institución ong X: 100% de usufructo; propietario A 50% nuda propiedad; propietario B 50% nuda propiedad; Sin gravámenes ni restricciones.
Gracias de antemano por la ayuda
Si se puede vender, pero unicamente la nuda propiedad, entonces en la escritura deberia relacionar que x vende el 50% de nuda propiedad que le corresponde, y aclara que el 100% del usufructo de dicho inmueble corresponde a la ONG tal (por sanidad mencionara a quien corresponde el usufructo, porque a veces la gente piensa que como es nuevo dueño no va a valer el usufructo antiguo, cosa que no es cierta.)
Estimado colega si se puede hacer la venta del usufructo ya que este es tranferible a cualquier título y de carácter vitalicio por un período establecido el artículo 771 C. C. y siguientes te dan la salida