FAMILIA AUDIENCIA

20 Nov 2013 17:56 #1 por Flordema
FAMILIA AUDIENCIA Publicado por Flordema
Respetables podrian orientarme en lo siguiente: Es el caso que próximamente esta señalada la audiencia de un divorcio para mutuo consentimiento, pero ninguna de las partes o conyges "se dejan encontrar" es decir sus celulares los desconectan, ellos no se comunican de hecho no se les ha podido notificar de dicha audiencia. PREGUNTA que procede ahora es decir el apoderado presenta un escrito diciendo que o pidiendo que? y si el día de la audiencia no se presentan unicamente el apoderado que pasa? Gracias por su colaboración Dios o la vida les regresara su apoyo. Bendiciones

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20 Nov 2013 20:33 #2 por Yaky
Respuesta de Yaky sobre el tema FAMILIA AUDIENCIA
Amiga Colega Flordema os saludo! ya fue a la casa de los conyuges como ultima opcion talvez este alguno de los 2 o dejas una copia del citatorio bajo la puerta o en el buzon de la casa; asi por lo menos hizo lo posible por encontrarlos no tendran excusa.


El dia de la audiencia llega y no se presentan los conyuges, si esta facultada puede desistir de la accion; sino se de un caso que expresaron en acta que no llegaron las partes ni su apoderado y todo volvio al momento antes de presentar la solicitud, dandote el aval de presentar nuevamente la solicitud.

YAKY®
El siguiente usuario dijo gracias: Flordema

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21 Nov 2013 10:31 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema FAMILIA AUDIENCIA

Flordema escribió: Respetables podrian orientarme en lo siguiente: Es el caso que próximamente esta señalada la audiencia de un divorcio para mutuo consentimiento, pero ninguna de las partes o conyges "se dejan encontrar" es decir sus celulares los desconectan, ellos no se comunican de hecho no se les ha podido notificar de dicha audiencia. PREGUNTA que procede ahora es decir el apoderado presenta un escrito diciendo que o pidiendo que? y si el día de la audiencia no se presentan unicamente el apoderado que pasa? Gracias por su colaboración Dios o la vida les regresara su apoyo. Bendiciones


Si el dìa de la audiencia los esposos, no llegan y el representante procesal de ambos, tiene facultades para ratificar el convenio, simplemente el juez verifica las facultades otorgadas en el poder; se instala la audiencia, y se procede a llevarla a cabo sin la asistencia de las partes materiales del proceso, el abogado ratifica el convenio, hace uso de su derecho para expresar sus alegatos, reitera la peticiòn de los esposos de declarar disuelto el vinculo matrimonial; se expresa sobre los aspectos accesorios y ya, termina la audiencia con la sentencia que posiblemente declare ha lugar a decretar el divorcio por la primera causal.

Como alternativa, es atendible la sugerencia de la colega Yaky, de ir a buscar a los clientes a sus casas y dejarles la notificaciòn.

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