La elección del Director General de la Policía Nacional Civil, es una elección directa realizada por el Presidente de la República, es decir éste puede nombrarlo y destituirlo Artículo 168 ord. 17o Cn., 6 de la Ley Organáica de la Policía Nacional Civil y los requisitos para ser Director se encuentran dentro del Artículo 7 del mismo cuerpo legal.
LA POLICÍA NACIONAL CIVIL, ES PARTE DEL EJECUTIVO, POR LO CUAL LO NOMBRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LOS REQUISITOS ESTÁN EN LA LEY ORGÁNICA DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL.