Mi duda surge porque hay un proceso en Juzgado de familia desde el 2011,y no se resuelve sobre la contestación de la demanda, ultimo movimiento 9 de agosto de 2013 y una resolutora me dijo que se puede dar por terminado por caducidad de la instancia si la parte demandante no ha hecho ningun movimiento, alguien tiene puede darme mas información o algún modelo de caducidad de instancia en el proceso de familia, asi sabre que hacer cuando me lo presten si es que el resolutor asignado lo encuentra porque la ultima vez que fui, me dijo q no lo encontraba q regresara,de antemano gracias,
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
no sé si eres parte dentro del proceso, pero podrías ampararte en el art.133 C.P.C.M. y presentar escrito en donde manifiestes desde que fecha el proceso no ha sido impulsado y pedís que se le aplique el art. relacionado. Suerte !!
Si eso pense, de hecho pensaba ampararme en el Art. 133 Pr.CYM, relacionado con Arti.3 Ley Pr.Fam., espero estar en lo correcto, y si alguien sabe de otro articulo favor, escribirlo, nunca he hecho esto pero ahora, me tocara hacerlo, porque esa Jueza de Familia cuando ve que el abogado no sabe o es nuevo lo humilla todo, y no quiero que eso me pase, porque a varios colegas los ha tratado asi. . Ahora solo me hace falta el modelo de escrito
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8