hola colegas
me vi en un caso por una colega de necesitar hacer un poder para que una persona por medio del poder pusiera hacer todos los tramites en hacienda, por otro ya que este no puede por A o B motibos y me encontre con esta informacion muy interesante y una circular de hacienda.
se las paso por si llehgan a necesitarla, para hacer un poder de estos en el futuro.
y como nota graciosa! recuerden que ya falta menos de un mes para Navidad; party ON JAJAJAJAJA
www.mh.gob.sv/portal/page/portal/PMH/Ser...2084258.servicio=321
Trámite por medio de Apoderado:
1. Original y fotocopia de Poder: General Administrativo, General con cláusula especial, General Judicial y Administrativo, General Judicial y Administrativo con cláusula especial; Poder Especial, Poder específico para actuar ante la Administración Tributaria, que contengan facultades para realizar trámites en representación del poderdante ante el Gobierno, el Estado, la Administración Tributaria o cualquier Institución u Oficina Pública.- Ver Circular Nº 03/2011 de fecha 6 de diciembre de 2011. Si el Poder es elaborado por Notario extranjero debe estar autenticado por la autoridad competente (apostilla).
2. Original y fotocopia simple de DUI, Pasaporte/Carnet de Residencia (extranjeros), del contribuyente, o Partida de Nacimiento con un máximo de seis meses de emisión, con modificaciones o marginaciones si las tuviere (Salvadoreños residentes en el extranjero que no posean DUI).
3. Original y fotocopia simple de DUI, Pasaporte/Carnet de Residencia (extranjeros), del Apoderado.
4. NIT en original o fotocopia del Apoderado, si el DUI no lo detalla.
5. Si el Apoderado autoriza a otra persona a efectuar trámite, se deben cumplir además los requisitos de trámites con autorización.
OJO LEAN LA CIRCULAR QUE DA MUCHA INFORMACION IMPORTANTE