SE OTORGÓ UNA COMPRAVENTA DE ARMA DE FUEGO EN DONDE EL COMRPADOR TENIA VENCIDO EL PERMISO PARA PORTAR ARMAS, NOOBSTANTE SE ADVIRITÓ EN LA ESCRITURA, LOS OTROGANTES INSISTIERON SE REALIZARA EL DOCUMENTO, POR LO CUAL SE LE OCNSIGNÓ EL ART. 36 DE LA LEY DEL NOTARIADO.
EL DIA SIGUEINTE EL COMPRADOR FUE A RENOVAR SU PERMISO Y PRESENTÓ LA ESCRITURA, Y ÉSTA NO FUE RECIBIDA YA QUE LE PREVINIERON QUE EN LA ESCRITURA ESTABA CONSIGNADO EL PERMISO COMO VENCIDO..
QUE DEBO HACER?
RECTIFICAR LA ESCRITURA, POR MEIDO DE OTRA, EN DONDE DIGA QUE SE PRESENTYA EL COMPRADOR Y MUESTRA SU NUEVO PERMISO YA RENOVADO? QUE HAGO...
No podes modificar la escritura porque en efecto estaba vencido, no vas a dar FE de algo que no era asi, solo viendo la fecha de renovacion cualquiera se da cuenta..... hablando se solucionan las cosas si pudieras ayudarle con el tramite a tu cliente ya que con mejores palabras y mas juridico podes hacerlos entender.
La rectificacion no es opcion porque no hubo error......
Suerte con tu caso.
El siguiente usuario dijo gracias: Yesisanz67, luis guevara
Desde mi punto de vista: puedes dejar sin efecto el contrato (resciliación). El vendedor que lleve a cabo la renovación de la tarjeta y una vez autorizada puedes realizar nuevamente la compraventa. Lo delicado del caso es si existe delito.