DIVORCIO.-

29 Nov 2013 11:08 #1 por vicky02
DIVORCIO.- Publicado por vicky02
Colegas tengo una cliente que se quiere divorciar por mutuo acuerdo, lo que estoy viendo en la documentación que me entrego es que ella se caso en el año 1989,todos sus docuementos aparecen con los apellidos primero el de su mama y luego el de su papa, pero el dui le aparece ya el apellido de su padre primero y luego el de casada el dui es del 2010, pero en su partida de nacimiento no hay ninguna marginacion que origine el cambio en sus apellidos tendré problemas al presentar la demanda en san salvador y su hijo tiene como apellido el de la abuela por la misma razón.-que puedo hacer sera que en la alcaldía omitieron las marginaciones correspondientes por que no tiene la de matrimonio tampoco.-ayuda por favor.-

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30 Nov 2013 22:02 #2 por urano
Respuesta de urano sobre el tema DIVORCIO.-
Lo más seguro es que tenga reparos colega con lo de la partida y demás documentación, debido a la incongruencia de que en su asiento de partida de nacimiento y demás le aparezca primero el apellido de su madre, a posteriori el del padre, con su DUI, mi consejo es que siga un proceso en la Alcaldía Municipal para solicitar una especie de adecuación en el orden de sus apellidos, primero el de su padre y luego el de la madre, argumentando que es deseo de la solicitante, adaptar o adecuar sus apellidos a la ley del nombre de la persona natural, conforme lo indica el Artículo 14 de dicho cuerpo normativo, porque si le aparece el apellido del padre a la señora, es porque ella fue reconocida, aunque no provenía de matrimonio civil, pero se puede peticionar, su adecuación a la actual ley que rige lo relacionado al nombre y apellido, seguramente a su clienta la quisieron hacer el favor en el DUICENTRO y por eso aunque no existiera un procedimiento para adecuar su nombre y apellidos, en la nominada Institución lo hicieron por ayudarle según ellos, pero en el Juzgado lo más seguro es que tenga problemas porque no va hacer conforme el orden de los apellidos que aparece en su certificación de partida de nacimiento, de matrimonio con su Documento Único de Identidad, he tenido experiencias de ese tipo, que en el DUICENTRO les colocan de forma correcta los apellidos, sin rectificar su partida de nacimiento; En cuanto a que no aparezca marginado el matrimonio, no me sorprende es bastante común que por descuido, si se casaron ante Notario, a veces no envian el oficio para que se margine la partida de nacimiento, solo para que se asiente la partida de matrimonio y si se casaron ante el Alcalde peor aún, ironicamente casi nunca marginan las partidas de nacimiento, posteriormente su cliente deberá promover Diligencias de Rectificación de Partida de Nacimiento de su menor hijo, para que se incorpore primero el apellido de su padre en su partida y no el de la madre de clienta, por supuesto que quien deberá otorgar el correspondiente Poder es el padre, porque su madre no podrá establecer la filiación, en consecuencia no podrá ejercer la representación de su hijo, tiene que ser su padre. Tome en cuenta que en la actualidad en todos los procesos es insoslayable presentar fotocopia de DUI de los clientes y ahi se van a cerciorar de la inexactitud, bueno espero que tome la mejor decisión, suerte.

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30 Nov 2013 23:25 #3 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema DIVORCIO.-
Pues pueda que suceda lo siguiente:

La señora tiene dos partidas, y la que te presenta no esta marginada, la otra si puede tener la marginación.
La otra posibilidad es que simplemente no se haya marginado la partida de nacimiento, pero cuando la señora fue a sacar su DUI como dice el colega URANO, los ilustrisimos asesores del RNPN le hayan hecho la mal llamada rectificación administrativa, y asi le extendieron el DUI.

Ahora con relación a la del hijo, no le veo problema porque recuerda que el niño no va a llevar el apellido del esposo de la señora, salvo que sea su padre biológico y lo haya reconocido legalmente. Debes verificar si el niño ha sido reconocido por su padre, sino segun la ley del nombre de la persona natural, no le queda de otra que llevar los apellidos de soltera de la madre, y si la abuela tampoco fue reconocida por padre alguna, el niño tiene que llevar los apellidos de la abuela.

Lo que te aconsejo es, primero verifica si no existen dos partidas, lee el testimonio de escritura pública del matrimonio, y mira qué certificación de partida de nacimiento relacionó el notario, para ver si el registro del estado familiar marginó exactamente esa partida o marginó otra, te lo digo porque hay casos de homonimia en un mismo municipio y pueda ser que hayan marginado la partida de alguien mas o simplemente la señora tenga dos partidas. Verifica tambien si en la escritura de matrimonio ss estableció que la señora usaria el nombre con la particula "DE" seguida del apellido del esposo.

En el convenio de divorcio, poder y solicitud identificala según DUI, osea el nombre de casada y agrega, antes fulanita con los apellidos de soltera; no menciones nada de la marginación, porque sea como sea se va a divorciar y perderá el nombre de casada y volverá a usar sus apellidos de soltera, con la diferencia que le marginarán la partida como divorciada; Ahora bien pasaría algo si vas a marginar la partida de nacimiento con el matrimonio? depende de lo que diga la escritura de matrimonio, pues si se estableció que ella usaria el nombre de casada tal como aparece en el dui, y se presentó el testimonio a la alcaldía, la omisión es imputable al registro del estado familiar, por lo que perfectamente puedes marginarla con lo que quedaría subsanada la forma en que el duicentro le extendió el DUI; el problema sería si en la escritura no se establecería que ella usaría el nombre tal como lo tiene en el DUI, ahi si te toca rectificar la partida de nacimiento y en el peor de los casos rectificar la de matrimonio, sino es este último caso, sólo margina la partida y luego presenta la demanda con toda la documentación, no te podrían prevenir que expliques esa diferencia de los nombres, porque no es una cuestion que puedas rectificar, ojo con eso, porque el error al parecer esta en el DUI que se le extendió y no en la partida, ese error le corresponde al DUICENTRO y no al interesado, si a mi me previnieran eso, yo contestaría al juzgado que librara oficio al RNPN para que diga porque extendió ese DUI de esa manera, porque rectificar un nombre para que sea conforme a DUI no procede, pues se entiende que se rectifica partida de nacimiento primero y luego se va a solicitar DUI para que sea conforme a esa partida de nacimiento, pero no al revés. Suerte Colega.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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30 Nov 2013 23:29 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema DIVORCIO.-
Cuando dije que presentaras la demanda con toda la documentación quize decir solicitud, cruce la información con un caso jajajajaaja, pero bien es de humanos enmendar. :laugh:

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05 Dic 2013 09:39 #5 por vicky02
Respuesta de vicky02 sobre el tema DIVORCIO.-
Colegas ya entreviste a mi cliente y me manifiesta que el uso de los apellidos al revés fue mas por no saber como debían ir, ya que sus padres estaban casados antes que ella naciera, por lo tanto no tenia por que usar el de la madre primero y seguido por el apellido del padre, me dice que cuando saco el DUI, ya le apareció primero el apellido del padre primero sin que ella lo solicitara así se lo emitieron, lo que me tiene con duda es como presentar la demanda de divorcio, sin que me prevengan por los nombres que tiene en los documentos anteriores al DUI, si no ha hecho ningún tramite sobre su nombre.-

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05 Dic 2013 22:02 #6 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema DIVORCIO.-
Ya planteado así el caso, pareciera que simplemente aplicaron las disposiciones de la ley del nombre de la persona natural, y lo concerniente a la paternidad por ley, es decir como sus padres eran casados antes que ella naciera, no fue necesario el reconocimiento voluntario del padre hacia ella. Ahora bien te sugiero dos cosas, lee su partida de nacimiento y observa quien de los dos padres dio los datos, y si ellos presentaron su cédula de identidad o si se establece su estado familiar de casado o soltero (que en realidad no debería consignarse) porque si el registrador de esa época verificó que sus padres eran casados antes de que ella naciera, eso explicaría el orden de los apellidos, ahora recuerda que el orden de apellidos es a partir de la ley del nombre, si la señora nació antes de esa ley, ella no tendría porque someterse a ese orden, y el RNPN cometió un error, debido a que no hay ningún acto que habilite al cambio de nombre, es decir se ha vulnerado su derecho a adecuarlo o seguirlo usando como lo tenía, no hay que olvidar colega que esa adecuación no puede ser de oficio.


Ahora bien, con relación a la demanda de divorcio, simplemente identificala con el nombre que posee en su DUI, he caido en cuenta porque no se marginó la partida, y es que las marginaciones corresponden a la ley transitoria del estado familiar, la cual esta vigente desde el año 1995, obviamente tu cliente nació y se casó antes de la entrada en vigencia, por eso no ves las marginaciones en la partida de nacimiento, aunque perfectamente podes marginarla, presentando la ceritificación de partida de matrimonio, pero no es necesario, presenta la demanda tal cual tienes toda la documentación no tendrás problemas, si te previenen esta es la base para la ausencia de marginaciones, Suerte colega.

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El siguiente usuario dijo gracias: vicky02

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