Servidumbre de Transito!

08 Dic 2013 02:21 #1 por aliel
Servidumbre de Transito! Publicado por aliel
Hola, en el caso que en la escritura de compra venta se menciona que el comprador tiene derecho a ciertos metros de servidumbre de transito este puede cerrar sobre esos metros dejando al colindante con esa propiedad salida con la diferencia que mas estrecha? De antemano, Gracias...

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08 Dic 2013 15:11 #2 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema Servidumbre de Transito!
Primero, no se entiende quien es el que quiere modificar la servidumbre, si el dueño del predio dominante o el dueño del predio sirviente.
En segunda, el Código civil, establece limitaciones, tanto para el dueño del predio sirviente, como para el dominante, por lo que lo mas recomendable, es que entre ambos lleguen a un acuerdo, pues si uno de los dueños altera, como es el caso planteado, la anchura de la servidumbre, el que resulte afectado, podría interponer una demanda por afectación a su derecho.
Es de recordar también, que la servidumbre es un gravamen que afecta a una de la propiedades y veneficiar a la otra, pero con esto no se quiere decir que el comprador a adquirido los derechos de propiedad sobre esa área afectada con la servidumbre, pues solo le concede el derecho a transitar sobre la propiedad sirviente.
artículos 828 y 831 del Código Civil

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08 Dic 2013 15:57 #3 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema Servidumbre de Transito!
si tiene salida no tiene derecho al paso por esa servidumbre, si no tiene salida si

"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"

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08 Dic 2013 20:04 #4 por Goodman
Respuesta de Goodman sobre el tema Servidumbre de Transito!
Claro que si pero es menester hacerlo de común acuerdo. Si partimos sobre la base que tendrá salida y se ponen de acuerdo no existe ningún problema.

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08 Dic 2013 22:14 #5 por aliel
Respuesta de aliel sobre el tema Servidumbre de Transito!
Es que el dueño quiere tomar los metros que en la escritura dice y crear solo para el salida y al otro predio le queda salida solo que mas estrecha, por eso mi interrogante era que si puede hacer eso o no?

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11 Dic 2013 10:54 #6 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema Servidumbre de Transito!
unilateral mente, no puede, pues si revisaste los artículos, le establece militantes en cuanto a la disposición del gravamen de servidumbre, el no puede alterar la forma, como seria cercarlo, pues privaría al dueño del predio sirviente de esa porción de la propiedad, ya que con la servidumbre no se adquiere el derecho de propiedad, y por ende la única facultad que tiene es el derecho de paso, es decir de transitar sobre el predio sirviente, para llegar a su propiedad el predio dominante. por lo tanto no puede crear una salida exclusiva para el (el comprador de la propiedad), sin obtener el permiso el acuerdo con el otro propietario.

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