hipoteca

14 Dic 2013 18:42 #1 por Becky Hernandez
hipoteca Publicado por Becky Hernandez
como se procede en caso en el caso que una hija a hipotecado la casa en la que vive el papá y aparentemen te ha falsificado la firma, porque el señor no ha dado el consentimiento para dicha hipoteca.... ayuda... :(

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14 Dic 2013 20:40 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema hipoteca
existe la falsedad de documwntos y procede la estafa y se puede pedir la prueba grafotecnica para determinar el delitp

WALDO2173

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14 Dic 2013 23:58 #3 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema hipoteca
En este caso habria que tomar en cuenta la parte sentimental, es decir la relacion de padre e hija, si se llevan bien a lo mejor puede el padre asumir la deuda y no hacer nada por que cualquier accion que quiera tomar podrian ir presos tanto al hija, el Notario que dio fe de dicho acto e incluso el presto el dinero, porque debio saber que estaba negociando con el titualr del bien.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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15 Dic 2013 15:05 - 15 Dic 2013 15:11 #4 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema hipoteca

Becky Hernandez escribió: como se procede en caso en el caso que una hija a hipotecado la casa en la que vive el papá y aparentemen te ha falsificado la firma, porque el señor no ha dado el consentimiento para dicha hipoteca.... ayuda... :(

Es lamentable que todavía ocurran estos casos, tienes que decirle al dueño del inmueble( el supuesto deudor), que tiene que presentarse a la FGR, a presentar la denuncia de DE ESE HECHO, POR QUE ESTOS INVESTIGARAN, POR LOS DELITOS DE FALSEDAD MATERIAL E IDEOLOGICA .......///// Suerte...!!!
CAPÍTULO II----
DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS




TÍTULO XIII DELITOS RELATIVOS A LA FE PÚBLICA

CAPÍTULO II DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS



art.-283 FALSEDAD MATERIAL
El que hiciere un documento público o auténtico, total o parcialmente falso o alterare
uno verdadero, será sancionado con prisión de tres a seis años.
Si la conducta descrita en el inciso anterior se realizare en documento privado, se
impondrá la misma pena si el agente actuare con ánimo de causar perjuicio a un
tercero.

ART .284 FALSEDAD IDEOLÓGICA
El que con motivo del otorgamiento o formalización de documento público o
auténtico, insertare o hiciere insertar declaración falsa concerniente a un hecho
que el documento debiere probar, será sancionado con prisión de tres a seis años.
Si la conducta descrita en el inciso anterior se realizare en documento privado, se
impondrá la misma pena si el agente actuare con ánimo de causar perjuicio a un
tercero.

art. 285 FALSEDAD DOCUMENTAL AGRAVADA
En los casos de los artículos anteriores, si el autor fuere funcionario o empleado
público o notario y ejecutare el hecho en razón de sus funciones, la pena se
aumentará hasta en una tercera parte del máximo y se impondrá, además,
inhabilitación especial para el ejercicio del cargo, empleo o función por igual tiempo.






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El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: dora emely ventura medina

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