CONSULTA CONVENIO DE DIVORCIO

17 Dic 2013 13:28 #1 por lisa_fer
CONSULTA CONVENIO DE DIVORCIO Publicado por lisa_fer
BUENAS TARDES
TENGO LA SIGUIENTE DUDA EN EL CONVENIO DE DIVORCIO SE PUEDE ESTABLECER UNA CLAUSULA EN QUE UNA DE LOS CONYUGE SE COMPROMETE A PAGAR LA MITAD DE LA DEUDA DE UN TARJETA DE CREDITO
ASIMISMO CON RESPETO A LA INDICACION DE LAS BASESE DE ACTUALIZACION DE LACUOTA DE ALIMIENTO SE PUEDE ACORDAR QUE SERA REVISANDO ANUALMENTE EL PRESUPUESTO DE GASTO DE LA NIÑA
GRACIAS.

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17 Dic 2013 13:43 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema CONSULTA CONVENIO DE DIVORCIO
Interesante pregunta...

Podrìa establecerse el pago de una tarjeta de crèdito, si se acuerda por parte de los esposos, que uno de ellos invirtiò la cantidad xxxx, de dinero para sufrafar gastos de familia, y que han acordado que la cantidad de xxxxx, serà cancelada en cuotas de xxxx, por un perìodo de xxxx, hasta cancelar aquella deuda proveniente del pago de (alimentos, alquiler, etc); pero lo que no se puede establecer es que el esposo o esposa, pague la tarjeta de crèdito del otro; porque al romper el vìnculo el deber de solidaridad entre los esposos finaliza.

Ahora sobre el revisar el presupuesto anual de la niña, podrìa ser es una condiciòn para que el incremento opere. Pero deberà siempre establecerse el porcentaje que serà incrementado.

Suerte...

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18 Dic 2013 16:18 #3 por MHo2
Respuesta de MHo2 sobre el tema CONSULTA CONVENIO DE DIVORCIO
La clausula del pago de la tarjeta pueden aceptarla pero hay que considerar el régimen bajo el que contrajeron matrimonio, si fue por comunidad diferida las deudas adquiridas en gastos del hogar son carga de la comunidad diferida y no hay ningún problema, te recomiendo leer la parte de las cargas de la comunidad en el código de familia, también te comento que hay que considerar quien va a obtener el cuidado personal y el monto de la cuota alimenticia de los hijos, pues la cuota por la tarjeta de crédito no debe vulnerar el derecho de los hijos.

La base de actualización es obligatorio establecerla, caso contrario van a hacer la prevención al convenio porque se considera que independientemente del presupuesto de gastos de la niña, el costo de vida se incrementa, es por eso que se pide la base de actualización; en este punto solamente recordar que la pensión alimenticia puede modificarse si cambian las necesidades de la niña o la capacidad económica del padre que la deba.

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