REMEDICION DE INMUEBLE

30 Dic 2013 13:17 #1 por RUBI ALEXANDRA
REMEDICION DE INMUEBLE Publicado por RUBI ALEXANDRA
Estimados colegas disculpen la molestia antes que todo les deseo muchos éxito y bendiciones en el año que esta por llegar, sucede que estoy por hacer una remedicion ya tengo el plano aprobado por el CNR y todo lo que se requiere mi duda consiste en cual será mi papel al momento de la mensura cuando recorramos el terreno los colindantes si es que llegan la FGR el ingeniero el interesado y yo, que documentos me firma la FGR en ese momento de dar el visto bueno que actas firmarán y si esas actas las llevo ya elaboradas o firman en blanco ya que no si quienes de los citados asistirán en fin si alguien sabe por favor comenteme sus valiosas experiencias. De antemano les agradezco colegas. Bendiciones ok

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30 Dic 2013 14:35 #2 por urano
Respuesta de urano sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
Según lo dispuesto en el Artículo 15 de la ley del ejercicio notarial de la jurisdicción voluntaria y de otras diligencias, no es necesaria la concurrencia de la FGR, si ya esta aprobado el plano en catastro, si se deben hacer las citas con ocho días de anticipación a la mensura, esto solamente sera parte de cumplir con las formalidades, porque si ya esta hecho el plano y aprobado, ya no se realizará la medición; Sin embargo esas citaciones firmadas o no por los colindantes, de los cuatro rumbos, forma parte de los legajos que deben ser entregados al interesado o interesada, de ahi tiene que seguir el formato de las referidas diligencias, si ya esta aprobado el plano, tendrá que poner fecha atrasada colega, no la actual, porque carece de logica, se supone que para hacer el plano el notario convoca a la hora de la medición que realizará el Ingeniero, lo primero es la solicitud del interesado, describiendo el antecedente tal y como esta registrado, a continuación el notario, suscribe la resolución aceptando la petición, de ahi se menciona el nombre del Ingeniero que llevara a cabo la medición, se le notifica, se le juramenta este acepta, se hacen las citas, las firmas, despúes se anexa la medición del Ingeniero, despúes se hace la resolución del notario ya con la medición, y esta se protocoliza en el libro del protocolo, conforme lo indica el Artículo 56 de la ley de notariado, tiene que ser transcripción literal del acta ya asentada en el protocolo, firma el notario y se presenta su testimonio al registro para su inscripción, deberá agregar fotocopia u original de la hoja de aprobación de catastro, donde aparece el número de transacción al que fue aprobado, pagar $ 34.29 de derechos de registro y esperar con paciencia, porque como no es una venta pura y simple se tardan más en revisar en el área tecnica(catastro) una vez más, despúes sigue la etapa jurídica, ya de inscripción, previo visto bueno del area tecnica, suerte. En lo personal he realizado varias y nunca he tenido problemas, y tampoco he sabido de intervención de la FGR, pero si debe procurar obtener las firmas de los colindantes o familiares, a veces el que aparece en el antecedente ya falleció o lo vendió, por lo que se vuelve imperativo hacer la aclaración, a contrario de las citaciones, la ley habla de nulidad al no hacerla, suerte.
El siguiente usuario dijo gracias: juan avelar o

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30 Dic 2013 18:31 #3 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
SI YA EXISTE UNA MEDICION REALIZADA POR UN INGENIERO EN LA CUAL SE HA REMEDIDO UNA PROPIEDAD
Y ESTA YA FUE APROBADA PPOR EL CNR CUAL ES EL PROBLEMA
SOLO ES DE RWEALIZAR LA ESCRITURA DE REMEDICION CON LOS DATOS PROPORCIONADOS POR EL INGENIERO Y SE PRESENTA AL CNR JUNTAMENTE CON EL PLANO APROBADO PARA SU RESPECTIVOI REGISTRO Y LISTO
LA FGR NO TIENE NADA QUE VER EN ESTE PROBLEMA

WALDO2173

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31 Dic 2013 09:30 #4 por PACO
Respuesta de PACO sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
EFECTIVAMENTE SE DEBE CITAR A UN DELEGADO DE FGR CUANDO EN ALGUNO DE LOS RUMBOS COLINDA CON CALLE NACIONAL, YA QUE ESTA PARA TAL EFECTO REPRESENTA LOS INTERESES DEL ESTADO, POR OTRA PARTE DEBEMOS DEJAR DE HACER MAL LAS COSAS, LOS COLINDANTES DEBEN SER CITADOS PARA EL DIA Y HORA DE LA MENSURA, DE LO CONTRARIO CON UNO DE ELLOS QUE NO HAYA SIDO CITADO LAS DILIGENCIAS PUEDEN SER DECLARADAS NULAS.

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31 Dic 2013 09:33 #5 por PACO
Respuesta de PACO sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
EFECTIVAMENTE SE DEBE CITAR A UN DELEGADO DE FGR CUANDO EN ALGUNO DE LOS RUMBOS COLINDA CON CALLE NACIONAL, YA QUE ESTA PARA TAL EFECTO REPRESENTA LOS INTERESES DEL ESTADO, POR OTRA PARTE DEBEMOS DEJAR DE HACER MAL LAS COSAS, LOS COLINDANTES DEBEN SER CITADOS PARA EL DIA Y HORA DE LA MENSURA, DE LO CONTRARIO CON UNO DE ELLOS QUE NO HAYA SIDO CITADO LAS DILIGENCIAS PUEDEN SER DECLARADAS NULAS.
EL PAPEL DEL NOTARIO ES QUE TODO SE DESARROLLE CONFORME A DERECHO, POR OTRA PARTE SI A LA HORA DE LA MENSURA ALGÚN COLINDANTE SE OPONE EL INGENIERO DEBE HACERLO SABER AL NOTARIO, Y DE NO HABER UN ACUERDO YA NO PUEDE SEGUIR CONOCIENDO YA QUE DEJA DE SER JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA CONVERTIRSE EN CONTENCIOSO, Y EN ESTE CASO TENDRA QUE TRAMITARSE JUDICIALMENTE.

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31 Dic 2013 17:32 #6 por urano
Respuesta de urano sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
Estoy de acuerdo colega Paco contigo que el ideal, el deber ser y no el ser, es que todo se haga conforme a Derecho, ser citados todos los colindantes, tal como lo indica la ley, 8 días antes de la mensura para que estos en caso de querer hacerlo asistan, pero generalmente cuando a uno lo buscan ya tienen el plano aprobado y en esos casos que podemos hacer? A veces los clientes se han asesorado por otro lado y llegan a la oficina con el plano aprobado a contratarlo a uno, por ende es necesario darle solución a lo de las diligencias de remedición, a mi tampoco me gusta hacerlo de esta forma, pero a veces no tienes opción, si uno le dice a la gente que no, ellos buscan a otro profesional y se pierde el cliente y a veces son de los clientes que en cualquier problema legal acuden a uno. Pero estoy en favor de la legalidad. En cuanto a lo de la fiscalía, podría compartir con nosotros la base legal para nuestro conocimiento, por si se me llegara a presentar el caso algún día, de ante mano gracias.

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06 Ene 2014 17:26 #7 por RUBI ALEXANDRA
Respuesta de RUBI ALEXANDRA sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
Gracias colegas por todas sus amables respuestas, primero Dios mañana harè las citaciones a los colindantes, mi duda es si la hoja original del citatorio, me queda a mi, o a ellos, o si la hoja que agrego de comprobante a las diligencias serà solamente la esquela de citacion, si los puedo molestar con esa pregunta se los agradecerè, y les comento que las diligencias de remedicion son de un Mercado Municipal, por eso escribia yo lo de citar a la FGR, pero todos ustedes coincidieron en que no es necesario por no colindar con bienes del Estado, y que pasa a la hora que llevan el testimonio al CNR, no piden las Diligencias o una copia de estas?, o solo el puro testimonio con el plano aprobado y el comprobante de la ubicacion? ok colegas gracias por su tiempo. Bendiciones!!!!!

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07 Ene 2014 07:57 #8 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
Anexo un formato de las ùltimas diligencias de remediciòn que realice ante mis oficios notariales y que ya estan inscritas.

Las esquelas de notificaciòn las firman de recibido los colindantes y dichas esquelas en original se agregan al expediente que se ha formado.

Se cita la FGR, solo cuando resulta de la lectura de la escritura que es nuestro antecedente que uno de los rumbos colinda con calle de por medio.

Y cuando se presenta el instrumento para su inscripciòn solo se anexa el testimonio y el plano aprobado por catastro. Las diligencias originales son entregadas al interesado; y solo por seguridad nos queda a nosotros como notarios copias de las diligencias y del testimonio; ya que estas NO deberàn ser anexadas al legajo de nuestro protocolo. (salvo excepciones: algunos notarios agregan copias certificadas de todas las diligencias, porque como se dice por ahì "el exceso en derecho no hace daño")

Suerte...
Adjuntos:
El siguiente usuario dijo gracias: KlariDil, Marymar, urano

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03 Mar 2015 16:52 #9 por ramh1@outlook.com
Respuesta de ramh1@outlook.com sobre el tema REMEDICION DE INMUEBLE
muchas gracias
roger menendez
con experiencia en
Derecho Internacional

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