ASENTAR A UN MENOR

04 Ene 2014 16:20 #1 por FeNixAlva
ASENTAR A UN MENOR Publicado por FeNixAlva
Respetados Colegas quisiera que me ayudaran respecto al Tema DE QUE SI UN MENOR RECIÉN NACIDO SE PUEDE ASENTAR EN UNA ALCALDÍA DISTINTA AL DEPARTAMENTO Y MUNICIPIO DE DONDE NACIO DICHO MENOR?

;)

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04 Ene 2014 18:42 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
HOLA COLEGA
CLARO QUE SI EL BEBE NACIO EN MATERNIDAD PERO LOS PADRES SON DE LA LIBERTAD Y DESEAN ASENTARLO EN SANTA TECLA LO PUEDEN HACER NO HAY NINGUN PROBLEMA
ES DE RECORDAR QUE EL BEBE O RECIEN NACIDO NACE EN UN HOSPITAL PERO SI LOS PADRES NO SON DE LA JURISDICCION DE DICHO HOSPITAL NO SIGNIFICA QUE SOLO SAN SALVADOR TIENE EL DERECHO DE ASENTARLOS SI FUERA ASI EL DEPARTAMENTO O MUNICIPIO DE SAN SALVADOR FUERA EL MAS POBLADO DEL PAIS ASI PUEDES REALIZAR EL ASENTAMIENTO DEL RECIEN NACIDO DONDE VIVEN LOS PADRES ESO SI SOLO SE TIENE 15 DIAS PARA HACERLO

WALDO2173
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04 Ene 2014 20:34 #3 por juan23
Respuesta de juan23 sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
hola colega si lo pueden hacer pero tiene que ser dentro de los quince dias despues de nacido ya que si no despues pagaran una multa
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04 Ene 2014 21:44 #4 por urano
Respuesta de urano sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Colega, conforme lo estable en el Artículo 28 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regimenes Patrimoniales del Matrimonio, el asentamiento del recien nacido se puede realizar en la Alcaldía donde ocurrio el nacimiento o del domicilio de cualquiera de los padres, asi es que perfectamente se puede argumentar este Artículo para realizar el registro correspondiente, en la Alcaldía de su preferencia o mayor conveniencia.
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05 Ene 2014 22:56 #5 por FeNixAlva
Respuesta de FeNixAlva sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Muchas Gracias Amable Colega por tu valiosa respuesta, sera de mucho beneficio para el caso en mencion.

;)

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05 Ene 2014 22:57 #6 por FeNixAlva
Respuesta de FeNixAlva sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Muy Amable de tu parte Estimado Colega por la respuesta me servira de mucho

;)

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05 Ene 2014 23:01 #7 por urano
Respuesta de urano sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Fue un placer colega, para eso estamos, para ayudarnos unos a otros.

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05 Ene 2014 23:01 #8 por FeNixAlva
Respuesta de FeNixAlva sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Gracias Estimado Colega por tu valiosa respuesta, pues esa disposicion de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regimenes Patrimoniales del Matrimonio, que me proporsionaste me servira de mucho.

;)

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05 Ene 2014 23:03 #9 por urano
Respuesta de urano sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
De nada. :)

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06 Ene 2014 07:29 #10 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Muy buen aporte estimado amigo Urano.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
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14 Ene 2014 12:11 #11 por Jorge Estrada
Respuesta de Jorge Estrada sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
no dejemos de lado que hoy en dia por la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. la palabra menor desaparece y sera de llamarlo como profesionales NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES.-
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14 Ene 2014 14:28 #12 por urano
Respuesta de urano sobre el tema ASENTAR A UN MENOR
Tiene razón colega, deseo aportar algo más, que el inciso segundo del Artículo 3 de la ley de protección integral de la niñez adolescencia, hace la aclaracion que desde que nacen los seres humanos son niños hasta los 12 años cumplidos y adolescente es la que comprende desde los 12 años cumplidos hasta que cumpla los 18 años de edad. Pero no perdamos de vista, que la convención de los derechos del niño es ley de la República, según el Artículo 144 de la Constitución de la República y en el Artículo 1 de la citada convención, menciona la palabra menor de edad, desde que nace hasta que cumple los 18 años de edad.
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