Hola colegas, a un amigo cuando fue a pedir una partida de nacimiento PARA CASARSE, le extendieron la siguiente que dice así:
"la infrascrita jefa del registro del estado familiar:
CERTIFICA: que a pagina DOS del libro de partidas de modificaciones numero nueve que esta oficina llevo en el año del 2010, se encuentra la que literalmente dice:.....(se mencionan los datos de mi amigo)....(depues de los datos dice)...el presente asentamiento modifica la partida de nacimiento No.15 a fol.No. 367 del año 1984.-oficina del registro del estado familiar que autoriza....
Obviamente a este chero le modificaron el nombre, pero conozco de primera mano otros casos que tambien se los han modificado, rectificado o adecuado en la misma alcaldía y su certificación no se la extraen del libro de modificaciones o no se menciona dicho libro .... La pregunta es: Con esta certificación extraída del libro de modificaciones se puede casar? o es necesario solicitar una fotocopia certificada del asentamiento en el propio libro??
La partida de nacimiento es esa que te dieron en el Registro, dependiendo de cada alcaldía a veces ponen la razon de modificación al principio, otras al final e incluso algunas como si se tratara de una marginación. Se puede casar perfectamente y al momento de relacionar la partida hay que poner todos los datos de la partida primero, es decir número, folio, año, etc. y luego relacionar la modificación diciendo que dicha partida fue modificada y que el cambio se encuentra asentado en "la pagina DOS del libro............"