Estimados colegas,reciban un cordial saludo y muchas bendiciones, sucede que estoy haciendo una remedicion, que me esta matando la duda al protocolizar, ya que el plano fue aprobado el 3 de Diciembre 2013, yo inicie las diligencias el 5 de Octubre 2013,hicimos el recorrido el 7 de Octubre,la mensura fue el 15 de enero 2014 ahora mi duda es en la parte que yo digo al protocolizar, que realizamos el recorrido, luego se fijo la fecha para la practica de la mensura, que fue el dia 15 ene- 014, posteriormente a ello el perito me rindio informe etc, etc, mi duda radica en esa fecha posterior, yo le pienso poner 19 de enero que el me rinde informe y que la escritura lleve fecha 20 de enero.- si alguien puede ayudarme se lo agradecere, ya que las fechas me imagino que son importantes para el CNR, o talvez no, y solo les importa una excelente descripcion,, por favor colegas ayudenme si pueden y tienen voluntad o diganme si estoy en lo correcto.-
Las ùltimas diligencias de remediciòn que realice se practico la mensura el cuatro de junio de dos mil trece. Y el acta de inspecciòn obviamente tiene esa fecha; porque fue ese dìa que en la pràctica se realizo la verificaciòn de linderos en compañìa de los colindantes. Y el plano que me dio el CNR aprobado tiene fecha del 13 de enero de 2013. Y por problemas en la obtenciòn de la firma de los colindantes protocolice hasta el mes de octubre. (porque debìa completar las diligencias ANTES de protocolizar la resoluciòn final)
Es decir que las diligencias las inicie con el plano ya aprobado, y protocolice cuando tuve todas las firmas de los colindantes.
Dichas diligencias fueron presentadas y se encuentran inscritas en el CNR
Y en el CNR no se fijan en las fechas. Solo necesitan que la descripciòn del plano sea la misma que la plasmada en la escritura.
Respuesta de RUBI ALEXANDRA sobre el tema REMEDICION
Gracias por su respuesta lic muy amable, pero en mi caso no habrá firma de colindantes porque ninguno asistió a pesar de haber sido citados, entonces dejare la fecha real en la que el técnico me entrego la descripcion tecnica, así es verdad? De igual forma la ley menciona que el perito debe ser técnico o ingeniero civil y este es arquitecto ojalá no exista problema en el CNR aunque ellos con la firma de este aprobaron el plano, gracias por su tiempo lic bendiciones ok
RUBI ALEXANDRA escribió: Gracias por su respuesta lic muy amable, pero en mi caso no habrá firma de colindantes porque ninguno asistió a pesar de haber sido citados, entonces dejare la fecha real en la que el técnico me entrego la descripcion tecnica, así es verdad? De igual forma la ley menciona que el perito debe ser técnico o ingeniero civil y este es arquitecto ojalá no exista problema en el CNR aunque ellos con la firma de este aprobaron el plano, gracias por su tiempo lic bendiciones ok
La fecha que debe consignar en las diligencias es la que se señala en las diligencias como fecha para realizar la mensura, inspecciòn y/o verificaciòn de linderos... No importa si el informe se lo entrega antes o despuès de esa fecha. Solo fijese que el informe este fechado el mismo dìa que señalo para la practica de la diligencia y que cito a los colindantes. Y en el caso que no comparezcan los colindantes tambien debe hacerlo constar en el acta.
Y si se considera a un Arquitecto perito. Asì como un Ingeniero Civil e incluso un tècnico en Ingeniera.
Entenderia que no existe ningun incoveniente encuanto a lo planteado ya que la aprovacon catastral solo significa que esta conforme a los cuadrantes que ellos manejan.
Respuesta de RUBI ALEXANDRA sobre el tema REMEDICION
Entonces siempre levanto acta aunque no asistan los colindantes, haciendo constar tal circunstancia de que no hubo oposición, o necesariamente deben firmar todos, y si nadie llego que debo consignar en el acta???? O quien me la puede solicitar ya que las diligencias originales son del interesado, gracias por su tiempo colegas pero es mejor salir de la duda ok muy agradecida por su valiosa ayuda
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema REMEDICION
Estimada Rubi, acuerdese que las diligencias son solo una formalidad, no se agregan al legajo de anexo del protocolo, por lo tal solo se elaboran y en el acta se menciona que los colinadantes no se presentaron pese a ser citados en legal forma.
jkarlos escribió: Entenderia que no existe ningun incoveniente encuanto a lo planteado ya que la aprovacon catastral solo significa que esta conforme a los cuadrantes que ellos manejan.
La "aprobaciòn" catastral, precisamente implica eso que esta conforme a las colindancias y demàs medidas que el CNR tiene.
RUBI ALEXANDRA escribió: Entonces siempre levanto acta aunque no asistan los colindantes, haciendo constar tal circunstancia de que no hubo oposición, o necesariamente deben firmar todos, y si nadie llego que debo consignar en el acta???? O quien me la puede solicitar ya que las diligencias originales son del interesado, gracias por su tiempo colegas pero es mejor salir de la duda ok muy agradecida por su valiosa ayuda
Solo se consigna ya en la resoluciòn final que se cito a los colindantes; pero que los mismos no asistieron. No es necesario mencionar si se opusieron o no.
Solo firman las personas que comparecen a la mensura.