tengo una duda al realizar una rectificación de partida de nacimiento por error en el nombre, la partida de nacimientos que me presenta la interesada se la extendieron en año dos mil doce es necesario que sea reciente. gracias por su colaboración.
Para realizar esta clase de diligencias, la ley no exige que sean recientes, pero de preferencia, te sugiero que sean recientes, para que el Juez o Jueza, pueda estar completamente seguro(a) que el asiento de partida de nacimiento no ha sufrido modificación alguna.
aranda escribió: tengo una duda al realizar una rectificación de partida de nacimiento por error en el nombre, la partida de nacimientos que me presenta la interesada se la extendieron en año dos mil doce es necesario que sea reciente. gracias por su colaboración.
No es necesario que sea reciente. Solo es necesario que se encuentre en excelentes condiciones, que no tenga manchas, ni dobladuras: Si son diligencias Notariales, se queriere de la aceptaciòn del Notario; y si son diligencias judiciales, solo algunos tribunales hacen prevenciones sobre la vàlidez de los asientos. Si sucede esto ùltimo sugiero que se le explique al cliente, sobre la posibilidad para que sea decisiòn del mismo si tràmita la certificaciòn del asiento nuevamente.