buenos días a todos, les pido su ayuda en los siguiente:
a mi cliente le adeudan la cantidad principal de $2,755 tienen dos QUEDAN del deudor por esa cantidad, mi opinión es que debe seguirse un proceso monitorio, pero me pone en duda lo siguiente: que los intereses ascienden actualmente a $940
puede seguirse el proceso monitorio cuando los intereses hacen que se supere el monto del 25,000 colones?
La Ley establece que se puede demandar siempre y cuando no supere los 25,000 colones, reclamados pero en concepto de CAPITAL, los intereses son como lo accesorio que seguiran aumentando aún en el mismo desarrollo del proceso.