Tengan buen día estimados foristas me gustaría me ayudarán a despejar una duda en caso de una compraventa con vicios ocultos se quiere ejercer la acción redhibitoria en que tipo de proceso se ventila? en un proceso monitoreo o en un proceso declarativo y en caso de ser monitoreo conocera el juez de lo civil o mercantil es que tengo duda porque el art. 499 establece que en casos de procesos monitoreos se llevará ante el juzgado de primera instancia de menor cuantía, porque sinceramente no habia escuchado de primera instancia de menor cuantia.
Les agradezco su ayuda.
Kiasca escribió: Tengan buen día estimados foristas me gustaría me ayudarán a despejar una duda en caso de una compraventa con vicios ocultos se quiere ejercer la acción redhibitoria en que tipo de proceso se ventila? en un proceso monitoreo o en un proceso declarativo y en caso de ser monitoreo conocera el juez de lo civil o mercantil es que tengo duda porque el art. 499 establece que en casos de procesos monitoreos se llevará ante el juzgado de primera instancia de menor cuantía, porque sinceramente no habia escuchado de primera instancia de menor cuantia.
Les agradezco su ayuda.
Muchas gracias josealfredo y figueroa les agradezco ya me siento aliviada y lista para elaborar la demanda unicamente una consulta en este caso el nema seria proceso declarativo comun de acción redhibitoria y daños y prejuicios o de otra forma disculpen y gracias por la luz que me han dado.