ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA

03 Feb 2014 11:53 #1 por anneliz
BUEN DIA COLEGAS, LES COMENTO QUE ES PRIMERA VEZ QUE LLEVO DILIGENCIAS DE ACEPTACION DE HERENCIA Y NECESITO DE SUS AYUDAS,
EL CASO ES QUR HE INICIADO DILIGENCIA DE HERENCIA VI JUDICIAL Y EN EL INFORME DE LA CORTE RESOLVIERON QUE EXISTE OTRO PROCESO SOBRE LA MISMA HERENCIA, POR LO QUE ME HAN NOTIFICADO SOBRE LA ACUMULACION DE DILIGENCIA Y HAN PROGRAMADO AUDIENCIA PATA TAL EFECTO..

MI PREGUNTA ES??? QUE HAGO EN ESTE CASO, QUE DEBO DECIR EN DICHA AUDIENCIA,,

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03 Feb 2014 12:16 - 03 Feb 2014 12:26 #2 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
Tenga buen día primeramente le aclaro no me he encontrado en una situación como esta, pero practicamente se pueden presentar dos situaciones, la primera es que se si hay testamento se deberá respetar la ultima voluntad del causante de acuerdo al art. 22 de la constitución, pues supongo que usted esta siguiendo diligencias de aceptación de herencia intestada en caso que haya testamento y su cliente este como asiganatario habra que respetar la voluntad del causante como ya mencione y usted tendra que hacer mención que su cliente al existir un testamento, es quien posee vocación sucesoria testamentaria por tanto esta legitimado para proseguir con las diligencias, la segunda situación y creo que es la más probable es que si no hay testamento deberá hacer alusión que de acuerdo al 988 c.c. su cliente posee vocación sucesoria legal pero deberá respetarse el orden que dicha disposición ha establecido es decir que si su cliente es padre, hijo o esposo tendrá prevalencia sobre los demás grados que establece la disposición precitada es decir que si su cliente se encuentra en la primera categoría y la otra persona que esta siguiendo diligencias se encuentra en la segunda categoría por ser hermano por ponerle ejemplo su cliente tendra mejor derecho que el hermano del causante y por tanto corresponderá a él (su cliente) la legitimación para continuar las diligencias por ser el quien mejor derecho tiene y estar igualmente legitimado, en caso que ambos se encuentren en la primera categoría o en la misma categoría correspondera seguir las diligencias "en beneficio de ambos" para que los dos sean declarados herederos universales y en caso de haber bienes correspondera el 50% a cada uno.

Por tanto lo más importante de recordar es que dependerá de la forma en que se encuentre las diligencias sean testamentaria o intestada y en este ultimo caso tomar en cuenta las categorías del art. 988 que presumen la voluntad del causante, pues si su cliente se encuentra en el primer nivel y la otra parte en segunda categoría deberá abstenerse la otra parte y respetar el orden pues unicamente a falta de las personas del primer grado, tendran vocación las del segundo grado y asi sucesivamente.

Espero le ayude un poco esto y de eso dependerá la postura que usted tomará, nos cuenta que tal le va.

Saludos.
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03 Feb 2014 17:34 #3 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
HOLA NUEVAMENTE,

EL CASO ES HERENCIA VIA JUDICIAL INTESTADA, PERO LO QUE SUCEDE ACA ES QUE LAS MISMAS PERSONAS QUE INICIARON LAS DILIGENCIAS HACE CUATRO AÑOS ANTE UN ABOGADO QUE SUPUESTAMENTE LES ABANDONO EL CASO, SON LOS MISMOS QIE LAS INICIARON ANTE MI PRESONA, SOLAMENTE FALTA UN HIJO DEL CAUSANTE QUE SEGUN PARTIDAS DE MATRIMONIO TIENE DERECHO A LA HERENCIA COMO HIJO Y NO HA SIDO MENCIONADO EN ESTAS DILIGENCIAS PORQUE EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO NO DICE QUIEN ES EL PAPÁ. PERO LA SITUACION ES QUE YA ME NOTIFICARON AUDIENCIA DE ACUMULACION DE LAS DILIGENCIAS ANTERIORES CON LAS ACTUALES QUE YO LLEVO, ES POR ESO QUE NO SE QUEHACER O DECIR EN DICHA AUDIENCIA RESPECTO A ESO.-

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03 Feb 2014 23:29 #4 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
Bueno sinceramente no lo veo ningún inconveniente usted puede manifestar precisamente eso que hace 4 años sus poderdantes iniciaron diligencias antes x abogado que por un actuar negligente abandono tales diligencias a tal punto que ya no tuvieron conocimiento del abogado que les llevaba las diligencias y en consecuencia desconocian en que estado se encontraban las mismas en ese sentido se dirigen a usted para que les inicie tales diligencias y al desconocerse el estado de las mismas inicia nuevamente las diligencias a efecto que pueda verse satisfecha la pretensión de sus mandantes es decir el ser declarados herederos definitivos, además puede argumentar eso que sus mandantes siguen siendo los mismos y a efecto de garantizarles a ellos la seguridad jca. consagrada en el artículo 2 cn. dirige a su digna autoridad las peticiones de ellos art. 13 cn.

Además para eso esta la etapa de librar los oficios a oficialia mayor y son ellos los que informan si previamente se han iniciado estas diligencias porque en caso por ejemplo de ser notariales dejarian de conocer y remitirian al tribunal competente.

Respecto a lo que menciona del hijo cuando hace alusión a las partidas de matrimonio me genera dudas cuando dice "solamente falta un hijo del causante que segun partida de matrimonio tiene derecho a la herencia como hijo y no ha sido mencionado porque en la partida de nacimiento no dice quien es el papá".

Lo más importante de este punto es saber primeramente si ese hijo "no reconocido" esta de acuerdo con esta situación y que los hermanos sigan dichas diligencias porque al estar en presencia de una sucesión intestada la vocación sucesoria (legitima art. 988 c.c.)es decir el vinculo que une al causante con el causahabiente se prueba a través de la respectiva certificación de partida de nacimiento, en este caso al no estar consignado el nombre del causante en la certificación de partida de nacimiento de ese hijo no tendría este ultimo la vocación sucesoria legitima de la que habla el art 988 c.c. pues como comprobaría el ese vinculo que lo une con el causante, en todo caso debería previamente ejercer la acción de declaratoria de paternidad regulada en el art. 150 c.f. a efecto que mediante declaratoria judicial sea declarado hijo y se cancele la partida de nacimiento donde solo aparece el apellido materno y se cree la nueva partida con la filiacion paterna con la que si podra probar la vocación sucesoria en las referidas diligencias, porque sin ese paso legalmente no posee vocación, pues sin este paso no podra "tener acceso a la sucesion".

Si tiene más datos proporcione y bueno espero le ayude en algo esta intervencion, nos cuenta como le va.

Otra cuestión se me escapaba lease si gusta la acumulacion de procesos regulada en el art. 98 y siguientes del cpcm y tambien tenga en cuenta en que año se iniciaron las diligencias si fue con el codigo de procedimientos o el actual.

Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: anneliz

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04 Feb 2014 11:37 #5 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
MUCHAS GRACIAS KIASCA, BUEN APORTE.

SI EFECTIVAMENTE EL PROCESO ANTERIOR LO INICIARON CON EL ANTERIOR CODIGO, NO SE COMO HARÁ EN ESTA CASO EL JUZGADO??

Y EL CASO DEL HIJO QUE FALTA MENCIONAR EN LA SUCESION ES POR EL HECHO SIGUIENTE: EL PADRE LO MENCIONÓ EN LA PARTIDA DE MATRIMONIO Y LO LEGITIMO DICIENDO QUE EN ESE ACTO DEL MATRIMONIO RECONOCIA COMO SUS HIJOS A FULANO, SUTANO Y ...... INCLUYENDO AL HIJO QUE FALTA MENCIONAR, PERO EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO AHI NO SE REALIZO LA RESPECTIVA MARGINACION Y NO LE APARECE EL NOMBRE DEL PADRE, EN ESE SENTIDO EL JUZGADO LE PREVINO AL ANTERIOR ABOGADO QUE PRESENTARA AL HIJO QUE SE MENCIONABA EN DICHA PARTIDA DE MATRIMONIO QUE TAMBIEN TENIA DERECHO Y QUE NO ESTA COMPARECIENDO COMO HEREDERO, FUE EN ESE ESTADO QUE SE ABANDONO EL PROCESO Y LO ARCHIVARON PROVISIONALMENTE POR NO SUBSANAR ESA PREVENCION. EN MI CASO YO NO LO MENCIONE PORQUE CONSIDERE QUE NO TENIA DERECHO SEGUN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, Y PORQUE EL HIJO QUE FALTA ME DIJO QUE ESTABA DE ACUERDO EN QUE SUS HERMANOS ACEPTEN Y EL NO SE OPONE. PERO EL JUZGADO A MI NO ME HA PREVENIDO SOBRE ESO Y LO QUE ME NOTIFICARON SOLO ES QUE SE ACUMULARAN LAS DILIGENCIAS Y ME CITARON A AUDIENCIA PARA ESO.

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04 Feb 2014 15:08 #6 por pedro cuellar
Respuesta de pedro cuellar sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
Querido colega en atención a su inicial pregunta le menciono mi experiencia en dicho caso: primero no se preocupe que decir en audiencia pues simplemente les informaran en el tribunal que hay derecho a la herencia y que por lo tanto se acumula a la anterior usted prácticamente no debe decir nada solo se daría por notificando en audiencia el juez de oficio impulsara luego la siguiente etapa, el proceso no sera contencioso salvo que usted promueva u otro lo haga en proceso diferente claro pidiendo suspender el tramite en este su caso
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04 Feb 2014 16:49 #7 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
MUCHAS GRACIAS COLEGA,

ME AYUDA MUCHO CON SU APORTE, PUES ESTABA PREOCUPADA POR ESTO, YA ME SIENTO MAS TRANQUILA,
BENDICIONES PARA TODOS LOS DE ESTE FORO.-

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04 Feb 2014 23:29 - 04 Feb 2014 23:30 #8 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema ACUMULACION DE DILIGENCIAS DE HERENCIA
:laugh: que alegria!!! bueno colega ya estará tranquila ya han solventado por completo su duda gracias al amigo forista pedro cuellar y ya va para el "disco duro" la información ;)

Saludos

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