familia

04 Feb 2014 16:47 #1 por abel
familia Publicado por abel
hasta que etapa del proceso se puede presentar pruebas en familia

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

04 Feb 2014 20:16 #2 por Yanethvega
Respuesta de Yanethvega sobre el tema familia
Esto puede ayudarte

el Art. 61 Durante el desarrollo de la audiencia y con carácter previo a la cuestión principal, se recibirá la
prueba respecto del incidente si fuere necesario y evacuada, se resolverá éste.
Incidente en audiencia

Art. 62.- De los incidentes planteados en audiencia se oirá a la parte contraria y se decidirán de
inmediato.
Si el incidente se planteare en la audiencia y requiriere de prueba que no se pueda incorporar
durante la misma, se resolverá en audiencia posterior con prelación a los demás asuntos.
El art. 106 del codigo Proc de fam.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Feb 2014 07:23 #3 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema familia
En palabras sencillas, las pruebas (testimonial, documental, etc) deben ser ofertadas con la presentacion de la demanda (para el caso del demandante) y en la contestacion de la demanda (en el caso del demandado). A manera de excepcion la ley permite presentar prueba fuera de los 2 momentos mencionados, cuando el demandado al momento de contestar la demanda, invoca en su defensa hechos nuevos o contrademanda, dandole la oportunidad al demandante inicial, para que pueda presentar prubas sobre el referido hechos nuevos planteados

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Feb 2014 11:11 #4 por Aramaria
Respuesta de Aramaria sobre el tema familia
En la contestación de la demanda se presentan las pruebas que se van a conocer dentro del proceso

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.263 segundos
Gracias a Foro Kunena