Angy escribió: que es la ineficacia de un contrato y cuales son???
Suerte...
Al hablar de ineficacia de los contratos, se hace referencia a la carencia de efectos de ellos,, esta puede presentarse, no solo por la omisión de requisitos, sino también en presencia de contratos perfectos.
El Código Civil recoge diversas causas que vuelven ineficaces los contratos, así se tienen:
a) La Revocación: se presenta cuando cesan los efectos de un contrato, por la voluntad de una de las partes, únicamente de cosas cuando no se ha fijado plazo para su duración (Art.1939 Nº 3 y 1739 ambos del Código Civil.
b) La Resciliacion o Mutuo Discenso: se da cuando las partes de común acuerdo deciden poner fin a los efectos del contrato. (Art.1416 CC, en relación con el Art.1438 inciso primero del mismo código.
c) Resolución: que no es más que la terminación del contrato con indemnización de daños y perjuicios solicitada por una de las partes, cuando el otro contratante no cumple lo pactado (Art. 1360).
d) Nulidad: decimos que un contrato esta efecto de nulidad, cuando le falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para su valor. (Art.1551 C.C). La nulidad puede ser: 1) Absoluta: es aquella producida por un objeto o causa ilícita, por la omisión de algún requisito o formalidad prescrita por la Ley para el valor de un contrato, en consideración a su naturaleza y no a la calidad o estado de las partes o cuando en el han intervenido personas absolutamente incapaces. (Art.1552 incisos 1º, 2º. C.C) y 2) Relativa: que es la nulidad producida por cualquier otra especie de vicio, que no sean los antes mencionados (Art. 1552 inciso 3º C.C)