Buenas quiero saber si ya contestada la demanda y ya fijada fecha de audiencia preliminar en divorcio de uno o mas años se puede presentar todavia los ingresos y egresos del demandante antes de la audiencia o en la misma audiencia presentarse, y la disposion de que ambos padres tienen la obligacion de aportar de manera igual a lo que se refiere a alimentos muchas gracias...
Yo he tenido casos de divorcio donde en la fecha de la audiencia preliminar han presentado dicha declaracion jurada de ingresos y egresos, eso cuando por ejemplo, la que han presentado con la contestacion esta con errores y el juzgado les permite subsanar dicha declaracion
vaya por ejemplo demas comprobantes de pago de otras deudas que no se presentaron con la demanda, aparte de la declaración jurada, como comprobantes de abono, copias de cheques que se emitieron hacia la demandada, se puede presentar todo eso en un escrito o es mas recomendable presentarlo en audiencia...
v2v01 escribió: vaya por ejemplo demas comprobantes de pago de otras deudas que no se presentaron con la demanda, aparte de la declaración jurada, como comprobantes de abono, copias de cheques que se emitieron hacia la demandada, se puede presentar todo eso en un escrito o es mas recomendable presentarlo en audiencia...
Sugiero que los presente por medio de escrito, para que la contraparte tenga tiempo de revisarlos y no alegue desconocimiento; e introduzcalo con la frase aquella de: "para mejor proveer presento en original y copias correspondientes para que una vez confrontadas y de resultar conformes se me devuelvan las copias y queden anexadas a los autos pertinentes las copias"
Y la base legal para la aportaciòn de acuerdo a su capacidad econòmica es el art. 221 CF