como se debe hacer para que una persona que ha aceptado herencia y la ha inscrito al CNR, pueda lograr que sus hermanos tambien sean herederos, porque ellos no aceptaron ni repudiaron pero poseen derechos
"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"
Si una persona ya aceptó herencia y la registró queda como propietaria de un inmueble, y, por tanto, en buena fe, si lo cree conveniente, podría ceder derechos a sus hermanos.
Puesto que la tradición de herencia ya fue verificada, y puede ejercer derecho real sobre la propiedad, habría mucho qué discutir del caso particular al que se hace referencia, para puntualizar más el análisis.
Yo tuve un caso similiar en un juzgado de Chalcuapa, donde cuando inicie el tramie de herencia, y al ser recibido el informe de la Corte, aparecio que hace 5 años ya habian declarado herderado a una persona con respecto al mismo causante, lo que decidio el juzgado fue acumular mis diligencias y declaro herdero a mi cliente. Ya no se efectuaron nuevas publicaciones de edicto.
munraa escribió: Yo tuve un caso similiar en un juzgado de Chalcuapa, donde cuando inicie el tramie de herencia, y al ser recibido el informe de la Corte, aparecio que hace 5 años ya habian declarado herderado a una persona con respecto al mismo causante, lo que decidio el juzgado fue acumular mis diligencias y declaro herdero a mi cliente. Ya no se efectuaron nuevas publicaciones de edicto.
y que paso con el primer heredero? perdió su derecho? me gustaria saberlo
"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"
No pierde su derecho, en estos casos procede una de dos cosas:1- q el heredero declarado haciendo uso de su derecho sobre la propiedad pueda de una sola vez hacer ventas de derecho o segregaciones o incluso donaciones en las partes q corresponden al resto de herederos incluyéndose el claro, la otra opción es: seguir judicialmente la ampliación de la herencia y el juez declarará como tal a los otros herederos y será en el cnr q modificarán los por entajes, saludos
na persona ya aceptó herencia y la registró queda como propietaria de un inmueble, y, por tanto, en buena fe, si lo cree conveniente, podría ceder derechos a sus hermanos.
Puesto que la tradición de herencia ya fue verificada, y puede ejercer derecho real sobre la propiedad, habría mucho qué discutir del caso particular al que se hace referencia, para puntualizar más el análisis.
jose erick escribió: na persona ya aceptó herencia y la registró queda como propietaria de un inmueble, y, por tanto, en buena fe, si lo cree conveniente, podría ceder derechos a sus hermanos.
Puesto que la tradición de herencia ya fue verificada, y puede ejercer derecho real sobre la propiedad, habría mucho qué discutir del caso particular al que se hace referencia, para puntualizar más el análisis.
el problemilla es que uno de los hermanos, ha dado la casa para que la posea una hija, y esa hija no permite a la persona que aceptó herencia que use la casa, ni si quiera le permite la entrada
"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"