despido sin responsabilidad patronal

14 Feb 2014 11:26 #1 por GBarrera
despido sin responsabilidad patronal Publicado por GBarrera
hola necesito alguien que me aclare si se puede despedir a una persona de una empresa sin responsabilidad laboral.
la persona cometio una falta que a nivel de la empresa se toma como grave se comporto inadecuadamente con uno de sus compañeros la pregunta es le puede quitar su tiempo y vacaciones a las cuales tenia derecho que solo le faltaba 1 mes para cumplirlo o hay alguna ley que ampare al patrono a no responsabilizarce de pagar vacaciones y tiempo???

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14 Feb 2014 12:29 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema despido sin responsabilidad patronal
Las vacaciones para cada empleado, son derechos adquiridos; y NO pueden dejar de cancelarse...

Ahora el tiempo transcurrido tampoco, puede desaparecer si existe una relaciòn continua entre el empleado y el empleador.

Si pretende dar por terminada la relaciòn laboral, deberà primero verificar en el contrato si existen formas establecidas de terminar un contrato sin responsabilidad patronal; y si en dicho contrato no estan dichas formas; deberà considerarse lo establecido en la ley. (sugiero la lectura de los art. 50, 51, 52 CT)


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14 Feb 2014 13:00 #3 por GBarrera
Respuesta de GBarrera sobre el tema despido sin responsabilidad patronal
entonces me estas diciendo que se puede despedir a la persona sin tiempo y si vacaciones tenia 1 año 10 meses en la empresa no hay forma de que la empresa se responsabilice
se celebro un contrato laboral indefinido y por la causa del enfrentamiento de las 2 personas fue despedido la desicion la tomo la empresa de ya no seguir su contrato
no puede hacer nada el para pelear su tiempo y el pago de sus vacaciones

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14 Feb 2014 13:12 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema despido sin responsabilidad patronal

GBarrera escribió: entonces me estas diciendo que se puede despedir a la persona sin tiempo y si vacaciones tenia 1 año 10 meses en la empresa no hay forma de que la empresa se responsabilice
se celebro un contrato laboral indefinido y por la causa del enfrentamiento de las 2 personas fue despedido la desicion la tomo la empresa de ya no seguir su contrato
no puede hacer nada el para pelear su tiempo y el pago de sus vacaciones



Heeeee¡¡¡¡ no... estoy diciendo que si decide terminar la relaciòn laboral, deberà cancelarle las vacaciones, y para despedir a un empleado que tiene un contrato por tiempo indefinido; deberà observarse lo dispuesto en los art. 50,51, 52 del Còdigo de Trabajo.

Si no se configura ninguna causal de las establecidas en dichas disposiciones legales, puede el trabajador iniciar proceso labora por despido injustificado, reclamar indemnizaciòn, vacaciones y aguinaldo y demàs prestaciones laborales que se brindan en la empresa.

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14 Feb 2014 13:56 #5 por Lic. Calderon
Respuesta de Lic. Calderon sobre el tema despido sin responsabilidad patronal
Antes que nada diré que si puedes despedir a un empleado si su conducta es de las establecidas como sin responsabilidad para el patrono conforme el art. 50 del Código Laboral, lo que si te diré que tendrás que sustentar muy bien el caso, ya sea que le hayas seguido el procedimiento establecido en el Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa, Testigos, Acciones de Personal, todo esto te servirá al momento de plantear tu caso en el tribunal.

Recuerda que tienes dos opciones la primera que sea un juez de lo laboral resuelva con la prueba que tu viertas y le hayas solicitado la terminación de la relación laboral y este así te resuelve.

Y la segunda sería despedirlo teniendo la certeza que te ira a demandar, pero teniendo tu toda la robustez de prueba en contra del trabajador, y que le verterás en el etapa probatoria; solo te diré que por regla general tienes que solicitar la declaración de parte del ex-trabajador y preparar muy bien el cuestionario que responderá el representante legal de la empresa, ya que por regla general los Defensores Públicos siempre solicitan la declaración de parte contraria, es decir al representante patronal; en caso que no quiera llegar a la cita, ahí la tienes un poco cuesta arriba, ya que si tu prueba no tiene la robustez necesaria el tribunal te condenará; peros si por el contrario el representante de la empresa llega y declara conforme el cuestionario planteado al tribunal tienes gran posibilidad de ganar tu el caso, ya que la falta de comparecencia de esté trae por si la aceptación de los hechos alegados por el trabajador en su demanda conforme lo establecido en el art. 347 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Saludos cordiales.

Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
El siguiente usuario dijo gracias: GBarrera, Ayaladepa

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18 Feb 2014 11:47 #6 por claueve
Respuesta de claueve sobre el tema despido sin responsabilidad patronal
deberà considerarse lo establecido en la ley. (sugiero la lectura de los art. 50, 51, 52 CT)

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12 Mar 2014 10:51 #7 por grupopilluelo
Respuesta de grupopilluelo sobre el tema despido sin responsabilidad patronal
aunque un poco tarde quiero abonar al comentario con relacion a la situacion planteada si el trabajador tendra derecho a su indemnizacion, y al pago de su vacacion anual aunque que le falte un mes para cumplirlas, con relacion al pago de su indemnizacion esta establecido en el art. 50 del CT, las causales de terminacion de contrato de los trabajadores, sin responsabilidad para el patrono, si cometio algunas de ellas no tendra derecho a su indemnizacion, o si acaso en el reglamento interno de trabajo o si existiere un contrato colectivo de trabajo estuviese contemplado dichas infracciones no tendra derecho a su indemnizacion, con relacion al pago de su vacacion, el art. 187 CT, regula esta situacion y establece que cuando fuere despedido con responsabilidad para el patrono, o fuere despedido sin causa justificada tendra derecho al pago de su vacacion, tendra derecho a que se le pague la remuneracion de los dias que de manera proporcional al tiempo trabajado le corresponda en concepto de vacacion, pero si ya tiene el año continuo de trabajar para un mismo patrono aunque el contrato termine sin responsabilidad para el trabajo este tiene la obligacion de cancelarle su vacacion completa. En el caso planteado anteriormente si cumplio el despido con algunos de los de los ordinales q se refiere el art. 50 CT, el patrono no tiene derecho a cancelarle su vacacion aunque le falte un mes para cumplir el año. por las consideraciones antes señaladas

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