Tengo el siguiente caso: El anio pasado se siguieron diligencias de Violencia Intrafamiliar ante un Juzgado de Paz, simplemente se acordó una pensión mensual y no acercarse a la madre del hijo. Ahora sucede que cuando el padre quiere visitar a su hijo en la casa de la madre, ella no lo permite y llama a la policía. Que diligencia debe realizarse para que el padre puede acercarse a su hijo sin ningún problema.
Estimado:
De acuerdo al art. 217 del Código de Familia, el padre del menor tiene el derecho de mantener relaciones personales con su hijo y su madre no puede impedirlo, "a no ser que a criterio del juez se estimaren contrarios al interés del hijo".
Personalmente sugiero que comience una diligencia en el Juzgado de Familia de la jurisdicción del menor, en el que se solicite régimen de visita. Saludos.
El padre tiene derecho de relacionarse con su hijo y viceversa, independientemente que a tu cliente se le haya impuesto medidas de alejamiento por parte del juzgado de paz, la señora en ningún ningún momento tiene esa facultad de impedirle que el padre de su hijo pueda verlo, son cosas muy aparte.
Y como bien lo dice el colega Lic. Miguel Solís, puedes iniciar demanda de régimen de visitas, comunicación y estadía, para que ambos tanto el padre como su hijo puedan relacionarse.
Suerte.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
Tal como lo afirman los colegas es derecho del padre asi como del hijo relacionarse.Que mal que muchas madres utilizen a sus hijos como instrumento de su resentimiento.Si el niño pasa de los 12 años se debe oir su opinion,esto podria de ser de gran ayuda,pues si el padre se ha portado bien con el,se tomara en cuenta que en nada perjudica el trato, y propongan ustedes una cuota alimenticia razonable pues el juez siempre tendra que pronunciarse al respecto.
Se iniciara una demanda de régimen de visitas, estadía y comunicación, en el juzgado de familia del domicilio del menor, ya que el padre tiene derecho de ver y comunicarse con su hijo personalmente
porqu-e si se sigue un proceso por Violencia Intrafamiliar se deberà proponer una cuota alimenticia ?
PRIMERO: mal harìa el juez en pronunciarse al respecto si no se han aportado las pruebas del caso como la capacidad del denunciado para imponerle una cuota alimenticia.
Por otra parte se le esta denunciando por violencia intrafamiliar y no por "alimengtos"
SEGUNDO: serìa atentatorio que los jueces se esten pronunciando en cuotas alimenticias en procesos de violencia intrafamiliar pues darìa derecho a un amparo.
TERCERO: en la mayoria de los casos solo se expresasn los hechos de violencia y no se hace referencia a los extremos respecto de la pretensiòn de alimentos y se le da ¿injusto o ilegal ?
Mencionaba en mi intervencion que se ofreciera una cuota, aunque esta segun el colega ya se habia impuesto.Puesto que si sigue la solicitud de un regimen de visita, que es lo que se pretende.Dado que lo que existe es una medida cautelar,no una demanda por violencia intrafamiliar esta segun se infiere ya fue evacuada, y como no nos comenta comenta Byroncontre si existe,o no, un regimen de visita; pues si tiene cuota NECESARAMENTE tendria regimen de visita.Pero bueno partiremos que no existe,repito como decia el caso ya no seria Violencia intrafamiliar,seria un nuevo proceso por Regimen de visita y que lleva aparejado la aportacion de los alimentos, y es en la demanda en que se ofrecerian estos,los cuales evidentemente serian respaldados por la declaracion de los ingresos y egresos, situacion que valoraria por supuesto el Juez,es pues solo cuestion de adelantar un poco pues si queremos regimen nos impondran cuota,asi que para que esperar mejor adelantamos.Y como de todos modos seria en juzgados de familia el nuevo proceso,seria este, que tendria que resolver la forma y manera de determinar el regimen y la cuota. Bueno eso pienso YO.
Tengo el siguiente caso: El anio pasado se siguieron diligencias de Violencia Intrafamiliar ante un Juzgado de Paz, simplemente se acordó una pensión mensual y no acercarse a la madre del hijo. Ahora sucede que cuando el padre quiere visitar a su hijo en la casa de la madre, ella no lo permite y llama a la policía. Que diligencia debe realizarse para que el padre puede acercarse a su hijo sin ningún problema.
QUE SOLICITE UNA AUDIENCIA CONCILIATORIA DE REGIMEN DE VISITA EN EL JUZGADO DE PAZ O DE FAMILIA DONDE SE LLEVÓ ACABO EL PROCESO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.ART. 206 PROCESAL DE FAMILIA...
EL HECHO DE QUE EXISTA UNA RESTRICCIÓN EN CONTRA DE ÉL PARA CON LA SEÑORA NO SIGNIFICA QUE NO PUEDA VER A SU HIJO... QUE PIDA EN LA AUDIENCIA QUE EL NIÑO O NIÑA SE LO LLEVE ALGUN FAMILIAR DE LA SEÑORA PARA QUE NO TENGA CONTACTO CON ELLA...