PODER DIVORCIO SEPARACION DE MAS DE UN AÑO

19 Feb 2014 10:43 #1 por Lexus
Hola colegas, espero se encuentren muy bien.

Tengo un caso de un divorcio por separación de más de un año, es mi primer caso de familia, y deseo evitar a toda costa cualquier prevención que puedan hacerme. He escuchado que en materia de familia los juzgados son muy estrictos con los poderes, así que agradeceré si pueden indicarme si le ven algo de malo a este poder:

NÚMERO xxxxxxxx.- LIBRO xxxxxx.- PODER ESPECIAL JUDICIAL.- En la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, a las _______horas del día _________ de febrero del año dos mil catorce. Ante mí xxxxxxxxxxxxx, Notario, de este domicilio COMPARECE: ________________, quien es de __________ años de edad, Ingeniero Industrial, de nacionalidad salvadoreña por nacimiento y del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero dos seis cinco dos cuatro cero tres-cero, y con Número de Identificación Tributaria ____________, Y ME DICE: I) Que por medio de este instrumento otorga PODER ESPECIAL JUDICIAL amplio y suficiente en cuanto a derecho fuese necesario a favor a favor de ____________, quien es de ____________ años de edad, Abogada, del domicilio de S____________, departamento de La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad número c_________________, y con Número de Identificación Tributaria c____________, para que en su nombre y representación comparezca inicie, siga y fenezca ante el Juzgado de Familia competente PROCESO DE DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR UNO O MÁS AÑOS CONSECUTIVOS, regulado en el Artículo ciento seis ordinal segundo del Código de Familia vigente en la República de El Salvador, facultándole para que de conformidad a los artículos Cien y Ciento uno de la Ley Procesal de Familia vigente, pueda comparecer a las audiencias que se señalen en el relacionado proceso de familia de Divorcio ya dicho, tales como la Audiencia Preliminar y Audiencia de Sentencia que hayan de celebrarse, así como para realizar todo trámite legal de Familia que sea procedente para el objetivo antes expresado dentro del Proceso de Divorcio antes referido. Para el mejor desempeño del presente Poder, le confiere a su Apoderada las facultades generales del Mandato de conformidad al Código Civil vigente en la República de El Salvador, y las especiales que enumera el artículo Sesenta y nueve del Código Procesal Civil y Mercantil vigente en la República de El Salvador, pudiendo su apoderado aquí nombrado realizar las actuaciones que comporten la finalización anticipada del proceso, tales como la conciliación, renuncia y desistimiento, a excepción de la facultad de recibir emplazamientos. Asimismo, agrega el compareciente que el presente mandato deberá entenderse para su buen desempeño siempre en forma amplia y no limitativamente, pudiendo además la apoderada nombrada realizar todas aquellas facultades que sean necesarias o accesorias para un fiel cumplimiento del mismo. Y yo, el suscrito Notario, DOY FE: A) De haberme cerciorado de la identidad del compareciente mediante los documentos relacionados; B) De haberme cerciorado de la capacidad del otorgante de conformidad a las leyes vigentes en la República de El Salvador, para conferir instrumentos como el presente; C) De haberle explicado en forma amplia todas y cada una de las facultades que ha conferido, cerciorándome de que las conoce, comprende y por ello las ha otorgado así; y, D) De haberle explicado además al otorgante los efectos legales de la presente escritura matriz. Así se expresó el compareciente a quien leí todo lo escrito íntegramente en un solo acto sin interrupción, y manifestando que se encuentra redactado conforme a su voluntad y dicho, ratifica su contenido y para constancia firmamos.- DE TODO DOY FE.-

Muchas gracias por su ayuda!!!
El siguiente usuario dijo gracias: yalemago83

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19 Feb 2014 10:52 #2 por santamaria1980
Respuesta de santamaria1980 sobre el tema PODER DIVORCIO SEPARACION DE MAS DE UN AÑO
hola..
el poder esta muy bien, pero donde mas cuidado debe tener es en la demanda es decir que este completa agregue declaracion jurada de ingresos y egresos xq hay juzgados q por eso previenen, solicitar que se giren oficio al lugar de trabajo por la contancia de salario, cualquier imformacion que usted tenga a la mano sobre sus cliente le va servir.

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19 Feb 2014 11:06 #3 por Lexus
Respuesta de Lexus sobre el tema PODER DIVORCIO SEPARACION DE MAS DE UN AÑO
Muchas gracias por su respuesta y su recomendación, pero me ha quedado una duda, puesto que en este caso, la demandada es de paradero desconocido, para la epoca de la guerra se fue con los hijos (quienes actualmente ya deben tener más de veinte años), así que no habría ninguna estipulación sobre custodia ni bien familiar, ¿verdad que en ese caso ya no es necesaria la declaración jurada?.

Muchas gracias de antemano :)

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19 Feb 2014 11:12 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema PODER DIVORCIO SEPARACION DE MAS DE UN AÑO
Le hacen falta las facultades, para recursar incluso a los profesionales del equipo multidisciplinario. Asì como para interpones cualquier tipo de excepciòn e incidente, y ademàs para que pueda interponer cualquier tipo de recurso en cualquier instancia.

Señalar ademàs que se otorga la facultad para desistir de las acciones y/o pretensiones planteadas

renuncia en familia????

No consigna el nombre y generales de la persona en contra de quien se promoverà el proceso.

De acuerdo a lo establecido en el art. 32 Nº 7 de la Ley de Notariado todos los nùmeros se deberàn escribir en cantidades... entonces resulta que en el nùmero de DUI esta mal escrito.

Yo, le quitarìa la parte donde dice: "le confiere las facultades del mandato, de conformidad al còdigo civil vigente"

Asì mis humildes observaciones.

Suerte...

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19 Feb 2014 11:17 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema PODER DIVORCIO SEPARACION DE MAS DE UN AÑO

Lexus escribió: Muchas gracias por su respuesta y su recomendación, pero me ha quedado una duda, puesto que en este caso, la demandada es de paradero desconocido, para la epoca de la guerra se fue con los hijos (quienes actualmente ya deben tener más de veinte años), así que no habría ninguna estipulación sobre custodia ni bien familiar, ¿verdad que en ese caso ya no es necesaria la declaración jurada?.

Muchas gracias de antemano :)


Es correcto la declaraciòn jurada solo se presenta cuando se piden u ofrecen alimentos; y deberà hacerse dicha aclaraciòn en la demanda que se plantee.-
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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