Audiencia Preliminar de Familia

19 Feb 2014 19:01 #1 por Lizeth Rivera
Audiencia Preliminar de Familia Publicado por Lizeth Rivera
Buenas Noches colegas, espero que todos se encuentren bien.

en esta noche necesito de sus orientaciones y consejos, mañana tengo x la mañana la audiencia preliminar del proceso de perdida de autoridad parental, aclaro que al demandado se le ha asignado un procurador de oficio ya que se le emplazo por edictos y no se presento a contestar demanda.

el punto es que he leído un poco de doctrina, pero como nunca he asistido en una audiencia y por los nervios la verdad que no tengo idea del desarrollo de la audiencia, me gustaría que me orienten.
de antemano les agradezco sus comentarios, Bendiciones.

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19 Feb 2014 19:16 #2 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema Audiencia Preliminar de Familia
La finalidad de la audiencia preliminar en materia de familia es conciliar, pero en los casos de perdida de autoridad partental, son procesos en los cuales no se puede dar luagar a que las partes concilien, mas aun tomando en cuenta que el demandado es de paradero ignorado, por lo que, el dia de mañana simplemente se fijara la fecha de la audiencia de sentencia, en la cual, debe preparar correctamente a los testigos, ya que los procesos de perdida de autoridad son los mas complicados que existen. Por lo que le sugiero que no este nerviosa ya que sera una audiencia sencilla, en la cual practicamente no tendra intervencion usted ni el procurados de familia, caso distinto, como le repito, en la audiencia de sentencia, en la cual alli si tiene que prepararse con todos los poderes !!!! :P
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas

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19 Feb 2014 19:29 #3 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema Audiencia Preliminar de Familia
En efecto colego no hay nesecidad de alterarse los nervios , estoy seguro que la unica intervencion que habra sera la del Juez de familia que se limitara a establecer que no se puede intentar la conciliacion y que no habiendo vicio que sanear se programe fecha para audiencia de sentencia.

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19 Feb 2014 19:30 #4 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema Audiencia Preliminar de Familia
En efecto colego no hay nesecidad de alterarse los nervios , estoy seguro que la unica intervencion que habra sera la del Juez de familia que se limitara a establecer que no se puede intentar la conciliacion y que no habiendo vicio que sanear se programe fecha para audiencia de sentencia.

ANIMO QUE DIOS MEDIANTE TODO ACABA RAPIDO Y BIEN

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20 Feb 2014 08:03 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Audiencia Preliminar de Familia

Lizeth Rivera escribió: Buenas Noches colegas, espero que todos se encuentren bien.

en esta noche necesito de sus orientaciones y consejos, mañana tengo x la mañana la audiencia preliminar del proceso de perdida de autoridad parental, aclaro que al demandado se le ha asignado un procurador de oficio ya que se le emplazo por edictos y no se presento a contestar demanda.

el punto es que he leído un poco de doctrina, pero como nunca he asistido en una audiencia y por los nervios la verdad que no tengo idea del desarrollo de la audiencia, me gustaría que me orienten.
de antemano les agradezco sus comentarios, Bendiciones.


Màs o menos sucede esto...

Se identifican las partes por medio del Juez... En algunos y muy contados casos, los jueces les piden a los Abogados que hagan un resumen de sus pretensiones, esto implica: repetir lo que se ha escrito, claro sin ser textuales, màs o menos asì: Se pretende con el presente que se decrete el divorcio por la causal tercera del artìculo ciento seis del Còdigo de Familia, entre mi cliente y el señor xxxxxx; porque a travès de la prueba que se ha ofrecido aportar y los estudios que se realicen por parte de los especialistas del equipo multidisciplinario que se designe, quedarà establecido que el señor xxxx, ha violentado los deberes del matrimonio establecidos en el artìculo xxx del CF; de igual forma se pretende probar que los menores xxx y xxx, son hijos de las partes que intervienen en el presente proceso y en consecuencia es procedente que en sentencia se establezcan los parametros que regulen los derechos de los menores con relaciòn a sus padres...

De igual manera he recibido instrucciones de mi mandante que para sentar bases de arreglo y de conformidad a lo dispuesto en el art. xxx (sobre la conciliaciòn) mi mandate a dispuesto que: (señalar los parametros para conciliar: cuota alimenticia, regimen de visitas, bienes de los esposos... etc..) o simplemente reiterar que no pretende conciliar y que pide continue el proceso su curso legal...

De ahì la contraparte haria lo mismo... La Jueza nombra al procurador adscrito para que represente al de domicilio ignorado o le nombra un abogado de oficio.

Posteriormente se exhibe y valora la prueba que desfilara en la audiencia de sentencia....

Y aquì el abogado, debe reiterar lo que se ha planteado en la demanda sobre alimentos provisionales, regimen de visitas provisional, o sobre medidas de protecciòn solicitadas: restricciòn migratoria, anotaciòn preventiva... etc...

Esperar la resoluciòn de la Jueza, y que se asigne fecha de audiencia de sentencia...

Y ya...

Claro, existen los jueces aburridos, que solo identifican a las partes; les preguntan que si quieren conciliar; las partes contestan que no... Interrogan al Abogado sobre la prueba ofrecida. Les piden que abandonen la sala y que esperen la fecha de la audiencia...

Y ya...

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, Coreas, fatali

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